Derechos ARCO en Perú: acceso, rectificación, cancelación y oposición a tus datos personales
La Ley N.° 29733 te da seis derechos sobre tus datos personales: información, acceso, rectificación/cancelación, impedir su suministro, oposición y tratamiento objetivo. Cualquier persona o empresa que maneje tus datos debe responder tu pedido en 8, 10 o 20 días hábiles según el derecho, gratis. Si te lo niegan o no responden, puedes reclamar ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) o ir directamente al Poder Judicial vía hábeas data.
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Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 28 dic. 2026
El plazo que corre en tu contra
15 días hábiles desde la notificación de la resolución que resuelve tu procedimiento de tutela ante la Dirección de Protección de Datos Personales.Es un plazo de caducidad: vencido, el derecho se pierde.
Este es el plazo para apelar si no estás de acuerdo con la resolución de tu reclamación ante la ANPD. Para la solicitud ARCO inicial ante la empresa o entidad no hay plazo de caducidad: puedes presentarla en cualquier momento.
D.S. N.° 016-2024-JUS (Reglamento de la Ley 29733), art. 92.1, en concordancia con el art. 207.2 del TUO de la LPAG (D.S. N.° 006-2026-JUS)
¿Qué son los derechos ARCO?
ARCO es el nombre que se usa para agrupar los derechos que la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, te da sobre la información que te identifica: Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. En realidad la ley peruana reconoce seis derechos distintos, y además un derecho a ser indemnizado si algo sale mal.
Estos derechos existen porque tu información —tu nombre, tu DNI, tu dirección, tus ingresos, tu historial médico, incluso una foto tuya captada por una cámara— es un “dato personal” desde el momento en que permite identificarte, y cualquiera que la maneje en un banco de datos, sea una empresa privada, una clínica o una entidad del Estado, tiene obligaciones legales frente a ti.
Los seis derechos que reconoce la ley
| Derecho | Qué te permite exigir |
|---|---|
| Información (art. 18) | Que te avisen, antes de recopilar tus datos, para qué los van a usar. |
| Acceso (art. 19) | Obtener la información que tienen sobre ti en su banco de datos. |
| Rectificación, actualización, cancelación y supresión (art. 20) | Actualizar, completar o corregir datos inexactos, incompletos o con omisiones, errores o falsedades, y suprimir los que ya no son necesarios o pertinentes para la finalidad por la que se recopilaron o cuyo plazo de tratamiento venció. |
| Impedir el suministro (art. 21) | Bloquear que tus datos se entreguen a terceros, sobre todo si eso afecta tus derechos fundamentales. |
| Oposición (art. 22) | Negarte a que traten tus datos cuando tengas motivos fundados y legítimos relacionados con tu situación personal. |
| Tratamiento objetivo (art. 23) | No verte sometido a una decisión con efectos jurídicos sobre ti (o que te afecte de manera significativa) basada únicamente en un tratamiento de datos destinado a evaluar aspectos de tu personalidad o conducta; hay excepciones, como la negociación o ejecución de un contrato o la evaluación para ingresar a una entidad pública, sin perjuicio de tu derecho a defender tu punto de vista. |
Además, el artículo 25 te da derecho a ser indemnizado si el incumplimiento de la ley por parte de quien maneja tus datos —o de un tercero— te causa un perjuicio.
Cómo presentar tu solicitud
El reglamento exige que tu solicitud, dirigida directamente al banco de datos personales o al responsable del tratamiento, contenga:
- Tu nombre completo y la acreditación de tu identidad (DNI u otro documento equivalente).
- La petición concreta: qué derecho estás ejerciendo y qué pides exactamente.
- Un domicilio, que puede ser electrónico, para que te notifiquen.
- Fecha y firma.
- Los documentos que sustenten tu pedido, si corresponde.
Si tu solicitud tiene algún error o le falta algo, el responsable tiene cinco días para señalarte qué falta, y tú tienes otros cinco días para corregirlo. Si no subsanas dentro de ese plazo, se considera que nunca presentaste la solicitud.
Cuánto tiempo tienen para responderte
Los plazos varían según el derecho que ejerzas, y corren desde el día siguiente de presentada tu solicitud:
| Derecho | Plazo máximo de respuesta |
|---|---|
| Información | 8 días |
| Acceso | 20 días |
| Rectificación, cancelación u oposición | 10 días |
Salvo el plazo del derecho de información, todos estos plazos pueden ampliarse una sola vez, por un periodo igual, si las circunstancias lo justifican, y esa justificación debe comunicártela el responsable antes de que venza el plazo original.
El ejercicio de estos derechos es gratuito
Frente a bancos de datos de administración privada, ejercer tus derechos ARCO no tiene costo. La ley prohíbe expresamente que te cobren una tarifa adicional o que te impongan un medio de pago que suponga un costo excesivo para presentar tu solicitud.
Qué pasa si te lo niegan o no responden
Si el responsable no te responde dentro del plazo, la ley considera que tu solicitud fue denegada por silencio. Esa denegación tácita —igual que una negativa expresa y motivada— te habilita para pasar al siguiente nivel: reclamar ante la Dirección de Protección de Datos Personales, que forma parte de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Cómo reclamar ante la ANPD: el procedimiento de tutela
Si te niegan tu pedido o no te responden, puedes iniciar un procedimiento administrativo (llamado “procedimiento trilateral de tutela”) ante la Dirección de Protección de Datos Personales. Para iniciarlo necesitas:
- El cargo de la solicitud que le enviaste directamente al responsable.
- El documento con su respuesta (o la constancia de que no respondió).
- Los documentos que acrediten cómo se afectó tu derecho.
A partir de ahí, el procedimiento sigue estos pasos:
- La Dirección admite tu reclamación y corre traslado al reclamado, que tiene quince días para contestar.
- La Dirección resuelve en un plazo máximo de treinta días desde la contestación (o desde que venció el plazo para contestar), ampliable hasta treinta días adicionales si el caso es complejo, o si se requiere una acción de fiscalización.
- En cualquier etapa puedes pedir una medida cautelar si necesitas protección urgente.
Si no estás de acuerdo con la resolución: el recurso de apelación
Contra la resolución de tu reclamación solo procede el recurso de apelación. La Dirección de Protección de Datos Personales debe conceder o denegar el recurso, y si lo concede, eleva el expediente a la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, que resuelve en un plazo máximo de treinta días. Esa resolución agota la vía administrativa.
La alternativa: ir directo al Poder Judicial
No tienes que agotar la vía administrativa antes de ir a un juez. La ley te da la opción, desde el inicio, de recurrir ante la ANPD en vía de reclamación o directamente al Poder Judicial mediante una acción de hábeas data.
Qué sanciones puede poner la ANPD a quien no cumple
Si una empresa o entidad viola tus derechos, la ANPD puede imponerle multas:
- Infracciones leves: de 0.5 a 5 UIT.
- Infracciones graves: de más de 5 a 50 UIT.
- Infracciones muy graves: de más de 50 a 100 UIT.
En ningún caso la multa puede superar el 10% de los ingresos brutos anuales del infractor.
El camino de un reclamo ARCO, paso a paso
Tú
Presentas tu solicitud directamente al responsable
El mismo día en que decides ejercer tu derecho, cumpliendo los requisitos del artículo 64 del reglamento
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 64
El banco de datos personales o responsable del tratamiento
El responsable responde, o guarda silencio
8 días para el derecho de información, 20 días para acceso, o 10 días para rectificación, cancelación u oposición, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 69
Tú
Si te niegan tu pedido o no responden, presentas tu reclamación de tutela
Sin plazo de caducidad fijado en la norma para presentar esta reclamación
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 88, numerales 88.2 y 88.3
El reclamado
La Dirección de Protección de Datos Personales corre traslado y el reclamado contesta
15 días desde que se le corre traslado de tu reclamación
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 90
Dirección de Protección de Datos Personales
La Dirección resuelve tu reclamación
30 días desde la contestación (o desde que venció el plazo para contestar), ampliable hasta 30 días adicionales por complejidad
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 91, numeral 91.1
Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Si apelas, la Dirección General resuelve en última instancia administrativa
30 días; esa resolución agota la vía administrativa
Base: D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733, Artículo 92
Los plazos se cuentan de forma distinta; no los sumamos.
Las barras están a escala entre sí; la más larga equivale a 60 días hábiles.
En cualquier momento de este camino puedes optar, en vez de reclamar ante la ANPD, por acudir directamente al Poder Judicial mediante una acción de hábeas data.
Cómo se reclama
- Identifica al responsable del banco de datosPuede ser la empresa, clínica, entidad pública o persona que tiene tus datos personales en su banco de datos. Ese es a quien debes dirigir tu solicitud.
- Redacta tu solicitud con los requisitos exigidosIncluye tu nombre completo y documento de identidad, la petición concreta (acceso, rectificación, cancelación u oposición), un domicilio o correo para notificaciones, fecha y firma, y los documentos que sustenten tu pedido si corresponde.
- Presenta tu solicitud y guarda el cargoEntrégala por el medio que el responsable tenga habilitado (carta, correo, formulario web) y conserva la constancia de recepción con fecha: la necesitarás si tienes que reclamar después.
- Espera la respuesta dentro del plazo legalOcho, diez o veinte días según el derecho que ejerzas, sin costo alguno para ti.
- Si te lo niegan o no responden, presenta tu reclamación ante la Dirección de Protección de Datos PersonalesAdjunta el cargo de tu solicitud original y la respuesta recibida (o la prueba de que no hubo respuesta) para iniciar el procedimiento de tutela ante la ANPD.
- Evalúa la vía judicial si lo prefieresEn vez de reclamar ante la ANPD, o si no estás conforme con su resolución, puedes acudir directamente al Poder Judicial mediante una acción de hábeas data.
Lo que casi nadie pregunta a tiempo
¿Y si la entidad que tiene tus datos nunca responde, ni siquiera para negarte el pedido?
Averígualo antes de que importe →Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma
Solo las empresas grandes o el Estado están obligados a respetarme estos derechos.
La ley aplica a cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, que trate tus datos personales en un banco de datos: desde una clínica hasta una tienda de barrio con tu número de teléfono en una lista.
Tengo que pagar para pedir, corregir o borrar mis datos.
El ejercicio de estos derechos ante bancos de datos de administración privada es gratuito por ley; no se puede cobrar una tarifa adicional ni exigir un medio de pago costoso para ejercerlos.
Si la empresa no me responde, ya no puedo hacer nada.
El silencio se considera una denegación de tu solicitud, y esa denegación tácita te habilita directamente para iniciar el reclamo ante la Dirección de Protección de Datos Personales.
Solo puedo reclamar si soy cliente o usuario de la empresa que tiene mis datos.
La ley protege tus datos personales sin importar si tienes una relación contractual con quien los trata; cualquiera que los tenga en un banco de datos debe respetar tus derechos ARCO.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene una empresa o entidad para darme acceso a mis datos?
Veinte días, contados desde el día siguiente de presentada tu solicitud. Para el derecho de información el plazo es de ocho días, y para rectificación, cancelación u oposición es de diez días. Todos estos plazos, salvo el de información, pueden ampliarse una sola vez por un periodo igual si se justifica.
¿Es gratis ejercer mis derechos ARCO?
Sí, frente a bancos de datos de administración privada el ejercicio es gratuito por ley. No te pueden cobrar una tarifa adicional ni exigirte un medio costoso para presentar tu pedido.
¿Qué pasa si la empresa no me responde nada?
El silencio se considera una denegación de tu solicitud. Esa denegación tácita, igual que una negativa expresa, te habilita para iniciar el procedimiento de tutela ante la Dirección de Protección de Datos Personales de la ANPD.
¿Cómo reclamo ante la ANPD si me niegan mis derechos?
Presentas tu reclamación de tutela ante la Dirección de Protección de Datos Personales, adjuntando el cargo de tu solicitud original y la respuesta (o la constancia de que no respondieron). La Dirección corre traslado a la otra parte, que tiene quince días para contestar, y luego resuelve en un máximo de treinta días, ampliable hasta treinta días más si el caso es complejo.
¿Puedo ir directamente al Poder Judicial en lugar de reclamar ante la ANPD?
Sí. La ley te da la opción de recurrir ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales en vía de reclamación o directamente al Poder Judicial mediante una acción de hábeas data, sin que una vía excluya a la otra de antemano.
¿Qué sanciones le pueden poner a quien no respeta mis datos?
La ANPD puede imponer multas de 0.5 a 5 UIT por infracciones leves, de más de 5 a 50 UIT por graves, y de más de 50 a 100 UIT por muy graves, sin que la multa supere el 10% de los ingresos brutos anuales del infractor.
La norma exacta
Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos PersonalesArtículo 2, numeral 4leída
Ley de Protección de Datos Personales
«Datos personales. Toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados.»
↳Artículo 2, numeral 5leída
Ley de Protección de Datos Personales
«Datos sensibles. Datos personales constituidos por los datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular; datos referidos al origen racial y étnico; ingresos económicos; opiniones o convicciones políticas, religiosas, filosóficas o morales; afiliación sindical; e información relacionada a la salud o a la vida sexual.»
↳Artículo 18leída
Derecho de información del titular de datos personales
«El titular de datos personales tiene derecho a ser informado en forma detallada, sencilla, expresa, inequívoca y de manera previa a su recopilación, sobre la finalidad para la que sus datos personales serán tratados.»
↳Artículo 19leída
Derecho de acceso del titular de datos personales
«El titular de datos personales tiene derecho a obtener la información que sobre sí mismo sea objeto de tratamiento en bancos de datos de administración pública o privada.»
↳Artículo 20leída
Derecho de actualización, inclusión, rectificación y supresión
«El titular de datos personales tiene derecho a la actualización, inclusión, rectificación y supresión de sus datos personales materia de tratamiento, cuando estos sean parcial o totalmente inexactos, incompletos, cuando se hubiere advertido omisión, error o falsedad, cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a la finalidad para la cual hayan sido recopilados o cuando hubiera vencido el plazo establecido para su tratamiento.»
↳Artículo 21leída
Derecho a impedir el suministro
«El titular de datos personales tiene derecho a impedir que estos sean suministrados, especialmente cuando ello afecte sus derechos fundamentales.»
↳Artículo 22leída
Derecho de oposición
«El titular de datos personales puede oponerse a su tratamiento cuando existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal.»
↳Artículo 23leída
Derecho al tratamiento objetivo
«El titular de datos personales tiene derecho a no verse sometido a una decisión con efectos jurídicos sobre él o que le afecte de manera significativa, sustentada únicamente en un tratamiento de datos personales destinado a evaluar determinados aspectos de su personalidad o conducta, salvo que ello ocurra en el marco de la negociación, celebración o ejecución de un contrato o en los casos de evaluación con fines de incorporación a una entidad pública, de acuerdo a ley, sin perjuicio de la posibilidad de defender su punto de vista, para salvaguardar su legítimo interés.»
↳Artículo 24leída
Derecho a la tutela
«En caso de que el titular o el encargado del banco de datos personales deniegue al titular de datos personales, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos establecidos en esta Ley, este puede recurrir ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales en vía de reclamación o al Poder Judicial para los efectos de la correspondiente acción de hábeas data.»
↳Artículo 25leída
Derecho a ser indemnizado
«El titular de datos personales que sea afectado a consecuencia del incumplimiento de la presente Ley por el titular o por el encargado de tratamiento de datos personales o por terceros, tiene derecho a obtener la indemnización correspondiente, conforme a ley.»
↳Artículo 39leída
Sanciones administrativas
«En caso de violación de las normas de esta Ley o de su reglamento, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales puede aplicar las siguientes multas: 1. Las infracciones leves son sancionadas con una multa mínima desde cero coma cinco de una unidad impositiva tributaria (UIT) hasta cinco unidades impositivas tributarias (UIT). 2. Las infracciones graves son sancionadas con multa desde más de cinco unidades impositivas tributarias (UIT) hasta cincuenta unidades impositivas tributarias (UIT). 3. Las infracciones muy graves son sancionadas con multa desde más de cincuenta unidades impositivas tributarias (UIT) hasta cien unidades impositivas tributarias (UIT).»
D.S. N.° 016-2024-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29733Artículo 64leída
Requisitos de la solicitud
«1. Nombres y apellidos del titular del derecho y acreditación de los mismos [...]. 2. Petición concreta que da lugar a la solicitud. 3. Domicilio, o dirección que puede ser electrónica, a efectos de las notificaciones que correspondan. 4. Fecha y firma del solicitante. 5. Documentos que sustenten la petición, de ser el caso.»
↳Artículo 66, numeral 66.2leída
Recepción y subsanación de la solicitud
«En caso de que la solicitud no cumpla con los requisitos del artículo 63 [...], el titular del banco de datos personales o responsable de su tratamiento, en un plazo de cinco (5) días, contado desde el día siguiente de la recepción de la solicitud, formula las observaciones que no puedan ser salvadas de oficio, invitando al titular a subsanarlas dentro de un plazo máximo de cinco (5) días.»
↳Artículo 67, numerales 67.3 y 67.4leída
Facilidades para el ejercicio del derecho
«67.3 El ejercicio por el titular de datos personales de sus derechos ante los bancos de datos personales de administración privada es de carácter gratuito, salvo lo establecido en normas especiales de la materia [...]. 67.4 No se puede establecer como medios para el ejercicio de los derechos ninguno que implique el cobro de una tarifa adicional al solicitante o cualquier otro medio que suponga un costo excesivo.»
↳Artículo 69leída
Plazos de respuesta para el ejercicio del derecho
«69.1 El plazo máximo de respuesta [...] ante el ejercicio del derecho de información, es de ocho (08) días [...]. 69.2 El plazo máximo para la respuesta [...] ante el ejercicio del derecho de acceso es de veinte (20) días [...]. 69.3 Tratándose del ejercicio de los otros derechos, como los de rectificación, cancelación u oposición, el plazo máximo de respuesta [...] es de diez (10) días contados desde el día siguiente de la presentación de la solicitud.»
↳Artículo 71leída
Ampliación de los plazos
«71.1 Salvo el plazo establecido para el ejercicio del derecho de información, los plazos que correspondan para la respuesta o la atención de los demás derechos, pueden ser ampliados una sola vez, y por un plazo igual, como máximo, siempre y cuando las circunstancias lo justifiquen. 71.2 La justificación de la ampliación del plazo debe comunicarse al titular del dato personal dentro del plazo que se pretenda ampliar.»
↳Artículo 88, numerales 88.2 y 88.3leída
Procedimiento de tutela directa
«88.2 El titular del banco de datos personales o responsable del tratamiento debe dar respuesta, en los plazos previstos en el presente Reglamento [...]. Transcurrido el plazo sin haber recibido la respuesta el solicitante puede considerar denegada su solicitud. 88.3 La denegatoria o la respuesta insatisfactoria habilitan al solicitante a iniciar el procedimiento administrativo ante la Dirección de Protección de Datos Personales.»
↳Artículo 90leída
Contestación a la reclamación
«Cuando la Dirección de Protección de Datos Personales haya admitido a trámite la reclamación, se corre traslado al reclamado y se otorga un plazo de quince (15) días, sujetándose a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley N.° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General u otra que la sustituya.»
↳Artículo 91, numeral 91.1leída
Plazo para resolver
«El plazo máximo en que debe resolverse el procedimiento trilateral de tutela es de treinta (30) días, contado desde el día siguiente de recibida la contestación del reclamado o desde el vencimiento del plazo para formularla, y puede ampliarse hasta por un máximo de treinta (30) días adicionales, atendiendo a la complejidad del caso.»
↳Artículo 92leída
Impugnación
«92.1 Contra la resolución del procedimiento trilateral de tutela solo procede el recurso de apelación conforme con lo establecido en el artículo 227 de la Ley N.° 27444 [...]. 92.4 Recibida la absolución precitada o vencido el plazo establecido para tal efecto, el recurso de apelación es resuelto por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales en un plazo máximo de treinta (30) días. Dicha resolución agota la vía administrativa.»
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