Subarrendamiento en Perú: ¿cuándo es legal y qué riesgos tiene el inquilino?
Subarrendar solo es legal si tu arrendador da su asentimiento por escrito. Si subarriendas sin él, o contra lo pactado, el arrendador puede resolver tu contrato. Tú y tu subinquilino responden solidariamente ante el dueño, y si tu arrendamiento termina, el subarriendo termina con él.
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Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 30 mar. 2027
Qué es subarrendar
Subarrendar es alquilar a otra persona, a cambio de dinero, todo o parte del inmueble que tú alquilas. El artículo 1692 del Código Civil lo define así:
“El subarrendamiento es el arrendamiento total o parcial del bien arrendado que celebra el arrendatario en favor de un tercero, a cambio de una renta, con asentimiento escrito del arrendador.”
De esa definición salen dos cosas prácticas:
- Alquilar un solo cuarto también cuenta. La ley dice “total o parcial”.
- Tiene que haber una renta. Si un familiar vive contigo sin pagarte, nuestra lectura es que no hay subarriendo. Pero eso no te libra de responder por lo que haga en el inmueble, como vemos más abajo.
Para una guía general sobre el contrato de alquiler, revisa alquilar un departamento en Perú.
La regla: asentimiento escrito del arrendador
La misma idea aparece en la lista de obligaciones del inquilino. El artículo 1681 dice:
“El arrendatario está obligado: […] 9.- A no subarrendar el bien, total o parcialmente, ni ceder el contrato, sin asentimiento escrito del arrendador.”
Un “sí” de palabra no alcanza. Si el dueño está de acuerdo, pídele que lo ponga por escrito y guarda una copia. Si tu contrato ya tiene una cláusula que autoriza el subarriendo, nuestra lectura es que esa cláusula firmada es el asentimiento escrito. No revisamos si un correo o un mensaje de texto basta; un documento firmado es lo más seguro.
El riesgo principal: pueden resolver tu contrato
El artículo 1697 enumera las causas por las que un contrato de alquiler puede resolverse. Una de ellas es esta:
“El contrato de arrendamiento puede resolverse: […] 4.- Por subarrendar o ceder el arrendamiento contra pacto expreso, o sin asentimiento escrito del arrendador.”
Son dos supuestos distintos. Subarrendar sin asentimiento escrito, aunque el contrato no diga nada. O subarrendar cuando el contrato lo prohíbe expresamente. En cualquiera de los dos, el arrendador puede resolver el contrato. Esta página no cubre cómo lo hace efectivo ni cómo sería un desalojo; eso está en desalojo y alquiler.
Tú y tu subinquilino responden juntos
Si subarriendas, no te desentiendes del dueño. El artículo 1693 dice:
“Tanto el subarrendatario como el arrendatario están obligados solidariamente ante el arrendador por las obligaciones asumidas por el arrendatario.”
“Solidariamente” significa que el arrendador puede exigirle a cualquiera de los dos el cumplimiento completo de lo que tú te obligaste a hacer en tu contrato.
Además, el artículo 1683 te hace responder por los daños que causen las personas que dejaste entrar:
“Es también responsable por la pérdida y el deterioro ocasionados por causas imputables a las personas que ha admitido, aunque sea temporalmente, al uso del bien.”
Esto vale para un subinquilino, pero también para un familiar o un invitado que no paga nada. Si algo se rompe, el dueño te lo cobra a ti. Sobre quién paga qué reparaciones, lee reparaciones en una vivienda alquilada.
Si tu alquiler termina, el subarriendo también
El subarriendo depende del contrato principal. El artículo 1694 dice:
“A la conclusión del arrendamiento se extinguen los subarrendamientos cuyos plazos no han vencido, dejándose a salvo el derecho del subarrendatario para exigir del arrendatario la indemnización correspondiente.”
Para el inquilino, esto significa un riesgo concreto: si le prometiste a tu subinquilino un plazo más largo que el de tu propio contrato, él te puede pedir una indemnización a ti. Para el subinquilino, significa que su derecho a quedarse no pasa del final del contrato principal. Pide ver ese contrato antes de firmar.
Ceder el contrato no es lo mismo que subarrendar
Si quieres irte y que otra persona ocupe tu lugar como inquilino, eso es una cesión del arrendamiento. El artículo 1696 dice:
“La cesión del arrendamiento constituye la trasmisión de los derechos y obligaciones del arrendatario en favor de un tercero que lo sustituye y se rige por las reglas de la cesión de posición contractual.”
Las reglas de la cesión de posición contractual exigen que el arrendador esté de acuerdo. El artículo 1435 dice que “se requiere que la otra parte preste su conformidad antes, simultáneamente o después del acuerdo de cesión”. Y el artículo 1437 indica que, una vez hecha la cesión, “el cedente se aparta de sus derechos y obligaciones”, que pasan a la persona que te reemplaza.
La diferencia práctica:
| Subarriendo | Cesión | |
|---|---|---|
| ¿Sigues siendo inquilino? | Sí | No, te reemplaza otra persona |
| ¿Respondes ante el dueño? | Sí, en forma solidaria con el subinquilino (art. 1693) | Te apartas de tus obligaciones desde la cesión (art. 1437) |
| ¿Qué necesitas del dueño? | Asentimiento escrito (arts. 1681 y 1692) | Su conformidad (art. 1435) y, según el art. 1681, asentimiento escrito |
| Si se hace sin permiso | Causal de resolución (art. 1697) | Causal de resolución (art. 1697) |
Lo que esta página no cubre
No cubrimos cómo el arrendador hace efectiva la resolución del contrato ni el proceso de desalojo del inquilino o del subinquilino. No revisamos sentencias ni si un correo o un mensaje basta como asentimiento escrito. Tampoco cubrimos el pago de impuestos por la renta que cobras a un subinquilino, ni las reglas de las plataformas de alquiler temporal; sobre estas últimas, lee alquiler temporal y Airbnb.
Cómo se reclama
- Revisa tu contratoBusca si hay una cláusula que prohíba o autorice el subarriendo. El artículo 1697 permite resolver el contrato si subarriendas contra pacto expreso.
- Pide el asentimiento por escritoUn documento firmado por el arrendador que diga a quién, qué parte del inmueble y por cuánto tiempo es lo más seguro. Guarda el original o una copia.
- Firma un contrato con tu subinquilinoPon un plazo que no pase del final de tu propio contrato: si tu arrendamiento termina, el subarriendo se extingue (artículo 1694). Anota qué cosas se entregan y en qué estado.
- Si eres subinquilino, pide ver los papelesPide copia del contrato principal y del asentimiento escrito del dueño. Así sabes hasta cuándo puedes quedarte y si el subarriendo está permitido.
Lo que casi nadie pregunta a tiempo
¿Y si el dueño quiere sacarte del departamento por haber subarrendado sin permiso?
Averígualo antes de que importe →Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma
Si pago puntual, puedo alquilar un cuarto a quien quiera.
El artículo 1681, numeral 9, te obliga a no subarrendar el bien, ni total ni parcialmente, sin asentimiento escrito del arrendador. Alquilar un cuarto a cambio de dinero es un subarriendo parcial.
Si el dueño me dijo que sí de palabra, estoy cubierto.
Los artículos 1692 y 1697 hablan de asentimiento escrito. Sin un papel que lo pruebe, el arrendador puede invocar la causal de resolución del artículo 1697, numeral 4.
Si mi subinquilino no paga o rompe algo, es problema suyo con el dueño, no mío.
El artículo 1693 hace responder a ambos, en forma solidaria, por las obligaciones del inquilino. Y el artículo 1683 te hace responsable por los daños que causen las personas que admitiste en el bien.
El subinquilino puede quedarse hasta que venza su propio contrato, aunque el alquiler principal termine antes.
El artículo 1694 dice que al terminar el arrendamiento se extinguen los subarriendos cuyos plazos no han vencido. El subinquilino solo conserva el derecho a pedirle una indemnización al inquilino.
Preguntas frecuentes
Le alquilo una habitación a un amigo que me paga una parte. ¿Eso es subarrendar?
Sí. El artículo 1692 define el subarrendamiento como el arrendamiento «total o parcial» del bien a un tercero «a cambio de una renta». Un cuarto a cambio de dinero encaja en esa definición, así que necesitas el asentimiento escrito de tu arrendador.
Un familiar vive conmigo y no me paga nada. ¿Necesito permiso?
El artículo 1692 exige una renta para que haya subarrendamiento; sin pago, nuestra lectura es que no hay subarriendo. Revisa igual tu contrato por si limita quién puede vivir contigo. Y recuerda que el artículo 1683 te hace responsable de los daños que cause cualquier persona que admitiste en el bien.
Quiero irme y dejarle mi contrato a otra persona. ¿Puedo?
Eso es una cesión del arrendamiento (artículo 1696): la otra persona te reemplaza como inquilino. Se rige por la cesión de posición contractual, que exige la conformidad del arrendador (artículo 1435). Hecha la cesión, te apartas de tus derechos y obligaciones (artículo 1437).
Soy subinquilino y el contrato del inquilino principal terminó. ¿Me tengo que ir?
El artículo 1694 dice que al terminar el arrendamiento se extinguen los subarriendos que aún no vencieron. Tu reclamo es contra el inquilino que te subarrendó: la misma norma deja a salvo tu derecho a exigirle una indemnización.
Mi contrato ya dice que puedo subarrendar. ¿Tengo que pedir permiso otra vez?
La ley pide asentimiento escrito, y una cláusula firmada por el arrendador es un escrito. Nuestra lectura es que sí cuenta. Revisa si la cláusula pone condiciones, como avisar quién entra, y cúmplelas.
La norma exacta
Código Civil (Decreto Legislativo N.º 295)Artículo 1692leída
Qué es el subarrendamiento y el requisito del asentimiento escrito
«El subarrendamiento es el arrendamiento total o parcial del bien arrendado que celebra el arrendatario en favor de un tercero, a cambio de una renta, con asentimiento escrito del arrendador.»
↳Artículo 1681, numeral 9leída
El inquilino está obligado a no subarrendar ni ceder el contrato sin asentimiento escrito
«El arrendatario está obligado: [...] 9.- A no subarrendar el bien, total o parcialmente, ni ceder el contrato, sin asentimiento escrito del arrendador.»
↳Artículo 1697, numeral 4leída
Subarrendar o ceder sin asentimiento escrito, o contra pacto expreso, es causal de resolución
«El contrato de arrendamiento puede resolverse: [...] 4.- Por subarrendar o ceder el arrendamiento contra pacto expreso, o sin asentimiento escrito del arrendador.»
↳Artículo 1693leída
Inquilino y subinquilino responden solidariamente ante el arrendador
«Tanto el subarrendatario como el arrendatario están obligados solidariamente ante el arrendador por las obligaciones asumidas por el arrendatario.»
↳Artículo 1694leída
Si termina el arrendamiento, se extinguen los subarriendos
«A la conclusión del arrendamiento se extinguen los subarrendamientos cuyos plazos no han vencido, dejándose a salvo el derecho del subarrendatario para exigir del arrendatario la indemnización correspondiente.»
↳Artículo 1683leída
El inquilino responde por los daños que causen las personas que admitió en el bien
«Es también responsable por la pérdida y el deterioro ocasionados por causas imputables a las personas que ha admitido, aunque sea temporalmente, al uso del bien.»
↳Artículo 1696leída
La cesión del arrendamiento
«La cesión del arrendamiento constituye la trasmisión de los derechos y obligaciones del arrendatario en favor de un tercero que lo sustituye y se rige por las reglas de la cesión de posición contractual.»
↳Artículo 1435leída
La cesión de posición contractual requiere la conformidad de la otra parte
«En los contratos con prestaciones no ejecutadas total o parcialmente, cualquiera de las partes puede ceder a un tercero su posición contractual. Se requiere que la otra parte preste su conformidad antes, simultáneamente o después del acuerdo de cesión.»
↳Artículo 1437 (modificado por la Ley N.º 26451)leída
Quien cede su contrato se aparta de sus derechos y obligaciones
«El cedente se aparta de sus derechos y obligaciones y unos y otros son asumidos por el cesionario desde el momento en que se celebre la cesión.»
También se busca como: puedo subarrendar mi departamento en peru · es legal alquilar un cuarto del departamento que alquilo · subarrendar sin permiso del dueño que pasa · el dueño me puede sacar por subarrendar · que es la cesion del contrato de alquiler · soy subinquilino y el dueño quiere que me vaya
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