¿Me pagan con recibo por honorarios pero trabajo como empleado? Qué dice la ley
Si cumples horario, recibes órdenes de un jefe y te pagan por tu trabajo personal, la ley presume que tienes un contrato de trabajo a plazo indefinido, aunque firmes recibos por honorarios. Sunafil aplica la primacía de la realidad: los hechos pesan más que el papel, y no registrarte en planilla es una infracción muy grave por cada trabajador.
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Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 15 ene. 2027
Qué leímos y qué noEl artículo 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral se leyó en el Compendio de Normas Laborales del Régimen Privado del MTPE; la Ley 28806 y los numerales 25.5, 25.20 y 25.21 del Reglamento de inspección, en los textos consolidados del SPIJ publicados en gob.pe. Las señales de subordinación (horario, órdenes, jefe, herramientas, exclusividad) resumen la práctica inspectiva y judicial y no están escritas como lista en la ley.
La presunción del artículo 4
El artículo 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO aprobado por DS 003-97-TR) dice, en resumen, que cuando hay prestación personal de servicios, remuneración y subordinación, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indefinido.
Tres elementos:
- Prestación personal. Lo haces tú, no puedes mandar a otro en tu lugar.
- Remuneración. Te pagan por ese trabajo, se llame sueldo, honorarios o como sea.
- Subordinación. Trabajas bajo la dirección de alguien que puede darte órdenes, fijarte horario y sancionarte.
Si los tres están, el contrato que firmaste se llame «locación de servicios» no cambia nada. La ley no mira el título del documento.
La primacía de la realidad
La Ley General de Inspección del Trabajo lo convierte en regla de trabajo del inspector: «en caso de discordancia entre los hechos constatados y los hechos reflejados en los documentos formales debe siempre privilegiarse los hechos constatados». Es el artículo 2, numeral 2, de la Ley 28806.
Traducido: el inspector no se detiene en tu recibo por honorarios. Mira si marcas asistencia, si tienes jefe, si te dieron una computadora, si trabajas en el local de la empresa en un horario que no eliges.
Señales de subordinación
Estas señales resumen lo que inspectores y jueces miran. No es una lista escrita en la ley; es la práctica.
| Señal | Qué preguntar |
|---|---|
| Horario | ¿Debes llegar y salir a una hora fija? ¿Marcas asistencia? |
| Órdenes | ¿Alguien te dice qué hacer, cómo y cuándo, y revisa el resultado? |
| Jefe | ¿Tienes un superior que te evalúa o te puede sancionar? |
| Herramientas | ¿La empresa te da computadora, correo corporativo, uniforme, escritorio? |
| Exclusividad | ¿Trabajas solo para esa empresa, de manera continua, hace meses o años? |
Un locador de servicios de verdad decide cómo y cuándo hace el trabajo, usa sus propias herramientas, cobra por resultado y puede tener varios clientes. Si tu día se parece al de los empleados en planilla que se sientan a tu lado, eres uno de ellos.
Lo que arriesga la empresa
El Reglamento de la Ley 28806 califica como muy graves tres infracciones que aparecen juntas en estos casos:
- 25.20 — no registrar trabajadores en planilla. Se cuenta una infracción por cada trabajador no registrado.
- 25.5 — la desnaturalización de la contratación, es decir, usar una figura contractual para esconder una relación de trabajo.
- 25.21 — no celebrar por escrito el contrato de trabajo cuando la ley lo exige.
La multa sale de la tabla del DS 008-2020-TR según el tamaño de la empresa y los trabajadores afectados. Para una empresa que no es MYPE, la fila de muy grave va de 2.63 UIT (hasta 10 trabajadores) a 52.53 UIT (1,000 o más). Para una microempresa inscrita en el REMYPE la fila es mucho menor: de 0.23 a 0.68 UIT. Ese es el efecto del régimen MYPE sobre la sanción, no sobre tu derecho: aunque la multa sea pequeña, la obligación de registrarte y pagarte los beneficios que correspondan a ese régimen es la misma.
Lo que ganas tú
Reconocida la relación laboral, tienes derecho a lo que un trabajador en planilla: remuneración mínima, jornada máxima, gratificaciones, CTS, vacaciones, EsSalud, aporte a pensiones y protección contra el despido arbitrario. Si la empresa es microempresa o pequeña empresa inscrita en el REMYPE, esos beneficios son los reducidos de ese régimen (por ejemplo, 15 días de vacaciones en lugar de 30), pero existen.
Los beneficios impagos se reclaman hacia atrás en el Poder Judicial, dentro del plazo de prescripción de cuatro años desde que termina la relación. Sunafil verifica y multa; no te paga.
Extranjeros
La presunción y la primacía de la realidad se aplican igual. Un trabajador extranjero con carné de extranjería en la misma situación es un trabajador subordinado con los mismos derechos. Si la empresa usa el recibo por honorarios para no tramitar tu contrato de trabajo de extranjero, el problema sigue siendo de la empresa.
¿Tampoco te inscribieron en EsSalud?
Pagar mediante recibo por honorarios cuando en realidad existe una relación laboral suele venir junto con la falta de inscripción en EsSalud. Revisa EsSalud: afiliación y qué hacer si tu empleador no te inscribe para saber qué puedes exigir.
¿Y si tu ‘cliente’ está realmente en el extranjero?
Esta figura de recibo por honorarios encubierto exige que exista una entidad peruana ejerciendo control típico de un empleador. Si tu cliente es genuinamente extranjero, sin presencia en Perú, tu situación es distinta: revisa trabajo remoto para una empresa extranjera.
Revisa tu caso
Si emites recibos por honorarios, la herramienta ¿Practicante o trabajador en planilla? revisa si los hechos de tu caso encajan en la presunción del artículo 4 del D.S. 003-97-TR, con el texto de la norma y qué hacer.
Cómo se reclama
- Haz la prueba de la subordinación¿Tienes horario fijo? ¿Alguien te da órdenes y revisa tu trabajo? ¿Usas computadora, uniforme o local de la empresa? ¿Te sancionan si faltas? ¿Trabajas solo para ellos? Cuantas más respuestas sean sí, más clara es la relación laboral.
- Junta pruebas de cómo trabajas de verdadCorreos con instrucciones, mensajes del jefe, marcaciones de asistencia, fotocheck, organigramas, recibos por honorarios con el mismo monto cada mes, transferencias bancarias. Todo lo que muestre que el papel no coincide con la realidad.
- Denuncia en SunafilGratuita, en línea, con tu DNI o carné de extranjería, el RUC de la empresa y las pruebas en PDF. El inspector puede constatar la relación laboral y exigir tu registro en planilla.
- Reclama los beneficios en el Poder JudicialLa multa la paga la empresa al Estado. CTS, gratificaciones, vacaciones e indemnización se demandan en un proceso laboral. Si te despidieron, el plazo para demandar el despido es de 30 días naturales.
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Firmé un contrato de locación de servicios, así que no soy empleado.
El nombre del contrato no decide. Si hay trabajo personal, pago y subordinación, la ley presume un contrato de trabajo indefinido. Los hechos mandan sobre el papel.
Como emito recibo por honorarios, no tengo derecho a CTS, gratificaciones ni vacaciones.
Si en realidad eres trabajador subordinado, tienes todos esos derechos desde el primer día, y puedes reclamarlos hacia atrás dentro del plazo de prescripción.
Sunafil no puede meterse porque yo soy independiente según Sunat.
El régimen tributario no fija la relación laboral. Sunafil verifica cómo trabajas de verdad: horario, órdenes, jefe, herramientas. Eso es la primacía de la realidad.
Si la empresa me pone en planilla ahora, se acabó el problema.
Regularizar corrige hacia adelante. Los beneficios de los meses o años anteriores siguen siendo exigibles, y no registrarte fue una infracción muy grave por cada trabajador.
Solo puedo ser empleado si tengo contrato firmado.
Al revés: si trabajas subordinado y no hay contrato escrito, la ley te trata como trabajador a plazo indefinido. La falta de contrato escrito es problema de la empresa, no tuyo.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los tres elementos que activan la presunción de contrato de trabajo del artículo 4?
Prestación personal (lo haces tú, no puedes mandar a otro), remuneración (te pagan por ese trabajo, se llame como se llame) y subordinación (trabajas bajo la dirección de alguien que puede darte órdenes, fijarte horario y sancionarte). Si los tres están presentes, se presume el contrato de trabajo a plazo indefinido.
¿Qué mira exactamente un inspector de Sunafil para determinar si hay subordinación?
Revisa señales como el horario fijo y la marcación de asistencia, si alguien te da órdenes y revisa tu trabajo, si tienes un jefe que te evalúa o sanciona, si la empresa te da herramientas como computadora o uniforme, y si trabajas de forma exclusiva y continua para esa empresa.
¿Cuánto puede ser la multa a la empresa por no registrarte en planilla?
Para una empresa que no es MYPE, la infracción muy grave del numeral 25.20 va de 2.63 a 52.53 UIT, contada una vez por cada trabajador no registrado. Para una microempresa inscrita en el REMYPE la multa es mucho menor: de 0.23 a 0.68 UIT.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los beneficios laborales que no me pagaron?
Los beneficios impagos se reclaman hacia atrás en el Poder Judicial dentro del plazo de prescripción de cuatro años desde que termina la relación laboral. Sunafil verifica la relación y multa a la empresa, pero no te paga a ti directamente.
Cuánto es la multa
| Supuesto | Gravedad | Rango | Autoridad |
|---|---|---|---|
| No registrar a un trabajador en planilla (numeral 25.20) — una infracción por cada trabajador no registrado; empresa no MYPE, según trabajadores afectados DS 019-2006-TR, art. 25.20 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR) Microempresa inscrita en el REMYPE: de 0.23 a 0.68 UIT. Pequeña empresa: de 0.77 a 7.65 UIT. | muy grave | 2.63 – 52.53 UIT S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00 $4,184 – $83,574 | Sunafil |
| Desnaturalización de la contratación / contratación fraudulenta (numeral 25.5) — empresa no MYPE DS 019-2006-TR, art. 25.5 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR) | muy grave | 2.63 – 52.53 UIT S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00 $4,184 – $83,574 | Sunafil |
| No celebrar por escrito el contrato de trabajo cuando la ley lo exige (numeral 25.21) — empresa no MYPE DS 019-2006-TR, art. 25.21 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR) | muy grave | 2.63 – 52.53 UIT S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00 $4,184 – $83,574 | Sunafil |
Las multas se fijan en UIT. Cambia la UIT, cambia la multa. UIT 2026 = S/ 5,500 (Decreto Supremo N.º 301-2025-EF). Conversión referencial. La deuda se paga en soles.Tipo de cambio al2026-10-12: US$ 1 = S/ 3.457.
La norma exacta
Decreto Supremo N.º 003-97-TRArtículo 4leída
TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral — presunción de contrato de trabajo a plazo indefinido
Ley N.º 28806Artículo 2, numeral 2leída
Ley General de Inspección del Trabajo — principio de primacía de la realidad
«en caso de discordancia entre los hechos constatados y los hechos reflejados en los documentos formales debe siempre privilegiarse los hechos constatados»
Decreto Supremo N.º 019-2006-TRArtículo 25, numerales 25.5, 25.20 y 25.21leída
Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo — infracciones muy graves en relaciones laborales
Decreto Supremo N.º 008-2020-TRArtículo 48 del DS 019-2006-TR (texto sustituido)leída
Tablas de multas de Sunafil
También se busca como: me hacen dar recibo por honorarios pero soy trabajador · recibo por honorarios encubierto · trabajo con horario pero me pagan por honorarios · locacion de servicios o contrato de trabajo · como demuestro que soy trabajador y no independiente
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