Tiempo compartido, paquetes turísticos y agencias de viaje en Perú: ¿qué derechos tienes?
No encontramos una ley peruana específica sobre tiempo compartido. Aplican las reglas generales del Código del Consumidor: si te hicieron firmar con presión o con un falso premio, tienes siete días calendario para pedir la devolución. Las agencias de viaje deben estar inscritas en un directorio oficial y no pueden venderte en la calle.
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Plataforma del Estado (gob.pe)
Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 29 mar. 2027
Lo que falta verificarLos artículos 19, 58, 59, 60 y 66.7 de la Ley 29571 se leyeron en el texto que publica gob.pe, y los artículos del Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo (D.S. N.º 005-2020-MINCETUR) en la edición de El Peruano del 14 de mayo de 2020 que aloja gob.pe. Buscamos las palabras «tiempo compartido», «turístico» y «sobreventa» en ese texto de la Ley 29571 y no aparecen: el Código no tiene reglas propias para membresías vacacionales, paquetes turísticos ni sobreventa de pasajes. No encontramos otra norma peruana específica sobre tiempo compartido; si existe, esta página no la cubre. Leímos el reglamento de agencias en su versión original de 2020 y no pudimos confirmar en un texto oficial si ha sido modificado después. Que el artículo 58 alcance a las presentaciones de venta de membresías vacacionales es nuestra lectura del texto general del artículo, no una resolución de Indecopi que hayamos leído.
No hay una ley especial de tiempo compartido: rigen las reglas generales
Mucha gente busca «la ley del tiempo compartido». Buscamos esas palabras en el texto oficial del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) y no aparecen. Tampoco encontramos otra norma peruana específica sobre membresías vacacionales. Eso no te deja sin protección: rigen las reglas generales del Código, y las más útiles aquí son las de métodos comerciales agresivos.
El falso premio y la presión en la presentación
La venta típica de una membresía vacacional empieza con una llamada: ganaste un viaje, una cena o una estadía, y para recibirlo solo tienes que asistir a una presentación. El artículo 58.1 de la Ley 29571 prohíbe justo eso:
“a. Crear la impresión de que el consumidor ya ha ganado, que ganará o conseguirá, si realiza un acto determinado, un premio o cualquier otra ventaja equivalente cuando, en realidad: (i) tal beneficio no existe, o (ii) la realización de una acción relacionada con la obtención del premio o ventaja equivalente está sujeta a efectuar un pago o incurrir en un gasto.”
El mismo artículo prohíbe en general las prácticas que “mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo”. Y el numeral 58.2 aclara que la regla cubre ventas “dentro o fuera del establecimiento del proveedor”, a domicilio y “mediante agentes”. Una sala de ventas en un hotel entra ahí. Que el artículo alcance a cada presentación concreta depende de los hechos: esta es nuestra lectura del texto, no una resolución de Indecopi que hayamos leído.
Siete días calendario para pedir la devolución
Si el vendedor usó una de esas prácticas, el artículo 59 te da un derecho concreto:
“El consumidor tiene derecho a la restitución inmediata de las prestaciones materia del contrato de consumo en aquellos casos en que el proveedor haya incurrido en alguna de las prácticas indicadas en el artículo 58 […]. Para tal efecto, el consumidor cuenta con un plazo de siete (7) días calendario […]”
Los siete días se cuentan desde que contrataste, o desde que empezó el servicio, lo que ocurra después. Tres detalles importan:
- Tienes que comunicarlo de forma verificable. El derecho se ejerce cuando lo comunicas “fehacientemente” al proveedor y pides la interrupción del servicio.
- Tienes que probar la práctica. El artículo dice que “corresponde al consumidor probar la causal”. Guarda la invitación, los mensajes y el contrato.
- No puedes renunciar por adelantado. El artículo 60 dice: “Es nula la renuncia anticipada al derecho a la restitución”. Una cláusula que diga lo contrario no vale para esto.
Esto no es un derecho de arrepentimiento para cualquier compra. Si nadie usó un falso premio, presión o engaño, el artículo 59 no aplica y rige tu contrato. Lo explicamos con más detalle en derecho de retracto en compras por internet. Si el contrato tiene cláusulas que te dejan en desventaja, revisa contratos de adhesión y cláusulas abusivas.
Paquetes turísticos: qué exige la ley a la agencia
Quien te vende un paquete armado es, en el lenguaje del reglamento, una agencia minorista:
“Minorista: Agencia de viajes y turismo que ofrece y vende directamente al turista paquetes turísticos organizados.”
El Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo (D.S. N.º 005-2020-MINCETUR) fija varias reglas que te sirven para reconocer a una agencia formal:
- Solo las inscritas pueden llamarse agencia. El artículo 15.7 reserva la denominación «Agencia de Viajes y Turismo» y su distintivo a quienes están inscritos en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados.
- No pueden venderte en la calle. El artículo 15.2 prohíbe vender o promocionar sus servicios “en forma ambulatoria” en parques, plazas, terminales terrestres y aéreos, y zonas vecinas a restaurantes y hospedajes.
- Deben respetar las reglas contra métodos abusivos. El artículo 15.8 remite a las disposiciones del Código del Consumidor sobre métodos comerciales abusivos.
- Si venden en línea, deben publicar sus políticas. El artículo 22.1 exige que los términos y condiciones incluyan “las políticas de cobro, cancelación y reembolso”.
El artículo 14 añade que tu contrato con la agencia “se rige por las normas del Código Civil y otras que sean aplicables”. Y como cualquier proveedor, la agencia responde por la idoneidad del servicio y por la falta de conformidad con lo que anunció (artículo 19 de la Ley 29571).
Un límite a tener claro: el reglamento no fija cuánto te deben devolver si cancelas un paquete. Eso depende de las políticas que te informaron y de tu contrato. Tampoco hay un fondo obligatorio que te devuelva el dinero si la agencia cierra: el artículo 24 solo dice que las asociaciones del sector “promoverán” mecanismos financieros de garantía.
Transporte terrestre: sobreventa y cancelación
En el texto de la Ley 29571 que leímos no hay una regla sobre sobreventa de pasajes. Lo que sí hay es el artículo 66.7, que te permite endosar tu pasaje de transporte nacional a otra persona o postergar el viaje “en las mismas condiciones pactadas”. Cómo funciona, con qué aviso y qué te pueden cobrar está en bus interprovincial: cancelaciones y reprogramación. Si te vendieron un asiento y no te llevaron, el servicio no fue idóneo y puedes reclamar por el artículo 19. Para vuelos, mira vuelo retrasado o cancelado.
Lo que esta página no cubre
No revisamos resoluciones de Indecopi sobre membresías vacacionales ni sobre agencias de viaje, ni sentencias sobre anulación de estos contratos. No cubrimos las sanciones del reglamento de agencias, los hoteles y hospedajes, el transporte aéreo ni los paquetes comprados a agencias del extranjero. No verificamos si el D.S. N.º 005-2020-MINCETUR ha sido modificado después de 2020.
Cómo se reclama
- Reúne las pruebas de cómo te vendieronGuarda la invitación o el mensaje del «premio», el contrato, los recibos y los nombres de los vendedores. El artículo 59 pone en ti la carga de probar la práctica.
- Pide la restitución dentro de los siete días calendarioEscribe al proveedor de forma verificable (carta notarial, correo con acuse o el libro de reclamaciones) diciendo que ejerces tu derecho a la restitución del artículo 59 de la Ley 29571, y pide la interrupción del servicio.
- Registra tu reclamo en el libro de reclamacionesHazlo en el local o en la web del proveedor. Guarda la copia o la constancia.
- Si no te responden, acude a IndecopiPuedes presentar un reclamo o una denuncia. El artículo 59 deja a salvo las acciones administrativas aunque no uses la restitución.
Lo que casi nadie pregunta a tiempo
¿Y si el folleto o la presentación prometía algo que el contrato no dice?
Averígualo antes de que importe →Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma
Si firmaste el contrato de tiempo compartido, ya no hay nada que hacer.
Si el vendedor usó un falso premio, presión, coacción o engaño, el artículo 59 de la Ley 29571 te da siete días calendario para pedir la restitución de lo pagado. Debes probar la práctica y comunicarlo de forma verificable.
Hay un derecho de arrepentimiento general para cualquier membresía vacacional.
No encontramos esa regla. La restitución del artículo 59 depende de que el proveedor haya usado alguna de las prácticas del artículo 58. Sin esa práctica, lo que rige es tu contrato.
Una cláusula que dice «renuncio a cualquier devolución» me deja sin derecho.
El artículo 60 de la Ley 29571 declara nula la renuncia anticipada al derecho a la restitución.
Cualquiera puede llamarse agencia de viajes.
El artículo 15.7 del reglamento reserva la denominación «Agencia de Viajes y Turismo» a quienes están inscritos en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados.
Si la agencia quiebra, un fondo del Estado te devuelve el dinero.
El artículo 24 del reglamento solo dice que las asociaciones del sector «promoverán» mecanismos financieros de garantía. No es una garantía obligatoria que hayamos encontrado en la norma.
Preguntas frecuentes
Me invitaron a un desayuno porque «gané» un viaje y salí firmando una membresía. ¿Qué hago?
Ese es el caso que describe el artículo 58.1, literal a): crear la impresión de que ganaste un premio cuando obtenerlo exige un pago o un gasto. Si fue así, tienes siete días calendario para pedir la restitución (artículo 59). Comunícalo por escrito y de forma verificable, y guarda la invitación, los mensajes y el contrato como prueba.
¿Desde cuándo cuentan los siete días?
El artículo 59 los cuenta desde el día en que contrataste, o desde el día en que recibiste el producto o empezó el servicio, lo que ocurra después. Son días calendario.
Pasaron más de siete días. ¿Perdí todo?
Perdiste esa vía rápida de restitución, pero el propio artículo 59 deja a salvo las acciones administrativas ante Indecopi y la anulación del contrato ante un juez. Para eso conviene un abogado.
La agencia no me dio el tour que me vendió. ¿A quién reclamo?
A la agencia. El artículo 19 de la Ley 29571 hace responder al proveedor por la idoneidad del servicio y por la falta de conformidad con lo que anunció. Empieza por el libro de reclamaciones y, si no responde, ve a Indecopi.
Compré un paquete en línea. ¿Qué pasa si lo cancelo?
El reglamento obliga a la agencia que vende por canales digitales a publicar sus políticas de cobro, cancelación y reembolso (artículo 22.1). La norma que leímos no fija cuánto te deben devolver: eso depende de esas políticas y de tu contrato. Descárgalas o toma captura antes de pagar.
Me vendieron un pasaje de bus y al subir no había asiento. ¿Qué dice la ley?
En el texto de la Ley 29571 que leímos no hay una regla sobre sobreventa. Sí hay una sobre cambiar o ceder tu pasaje de transporte nacional (artículo 66.7), que explicamos en la página de bus interprovincial. Si no te dieron el servicio que pagaste, puedes reclamar por idoneidad (artículo 19).
La norma exacta
Ley N.º 29571, Código de Protección y Defensa del ConsumidorArtículo 58, numeral 58.1, literales a) y f)leída
Prohibición de métodos comerciales agresivos o engañosos, incluido el falso premio
«El derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo. En tal sentido, están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que importen: a. Crear la impresión de que el consumidor ya ha ganado, que ganará o conseguirá, si realiza un acto determinado, un premio o cualquier otra ventaja equivalente cuando, en realidad: (i) tal beneficio no existe, o (ii) la realización de una acción relacionada con la obtención del premio o ventaja equivalente está sujeta a efectuar un pago o incurrir en un gasto. [...] f. En general, toda práctica que implique dolo, violencia o intimidación que haya sido determinante en la voluntad de contratar o en el consentimiento del consumidor.»
↳Artículo 58, numeral 58.2leída
La prohibición cubre ventas dentro o fuera del local, a domicilio y por agentes
«La presente disposición comprende todo tipo de contratación de productos o servicios, sea efectuada mediante contratos dentro o fuera del establecimiento del proveedor, ventas telefónicas, a domicilio, por catálogo, mediante agentes, contratos a distancia, y comercio electrónico o modalidades similares.»
↳Artículo 59leída
Derecho a la restitución en siete días calendario
«El consumidor tiene derecho a la restitución inmediata de las prestaciones materia del contrato de consumo en aquellos casos en que el proveedor haya incurrido en alguna de las prácticas indicadas en el artículo 58, cualquiera sea la modalidad de contratación empleada. Para tal efecto, el consumidor cuenta con un plazo de siete (7) días calendario, contados a partir del día en que se produjo la contratación del producto o servicio, o desde el día de su recepción o inicio de su ejecución, lo que ocurra con posterioridad, sin perjuicio de su derecho a ejercer las acciones administrativas pertinentes conforme a las disposiciones del presente Código o a solicitar la anulación del contrato en la vía jurisdiccional correspondiente. El derecho a la restitución se considera válidamente ejercido cuando el consumidor comunique fehacientemente al proveedor sobre ello y proceda a la devolución de los productos recibidos o solicite la interrupción del servicio contratado. [...] Corresponde al consumidor probar la causal que sustenta su derecho a la restitución y el ejercicio de este derecho conforme a lo dispuesto en el presente artículo.»
↳Artículo 60leída
No puedes renunciar por adelantado a la restitución
«Es nula la renuncia anticipada al derecho a la restitución [...]»
↳Artículo 19leída
El proveedor responde por la idoneidad y por lo que anunció
«El proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos; por la autenticidad de las marcas y leyendas que exhiben sus productos o del signo que respalda al prestador del servicio, por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y éstos [...]»
Ley N.º 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (numeral 66.7 modificado por el Artículo Único de la Ley N.º 30046)Artículo 66, numeral 66.7leída
Endoso, transferencia o postergación del transporte nacional
«Los consumidores del servicio de transporte nacional en cualquier modalidad pueden endosar o transferir la titularidad del servicio adquirido a favor de otro consumidor plenamente identificado o postergar la realización del servicio en las mismas condiciones pactadas [...]»
Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N.º 005-2020-MINCETURArtículo 3, literal g)leída
Qué es una agencia minorista
«Minorista: Agencia de viajes y turismo que ofrece y vende directamente al turista paquetes turísticos organizados. También puede ofrecer y vender directamente al turista servicios turísticos no organizados. No opera los servicios turísticos organizados.»
↳Artículo 14leída
El contrato con la agencia se rige por el Código Civil y otras normas aplicables
«Los contratos que celebren la agencia de viajes y turismo con los turistas se rigen por las normas del Código Civil y otras que sean aplicables de conformidad con la regulación sobre la materia vigente.»
↳Artículo 15, numerales 15.2, 15.7 y 15.8leída
Prohibida la venta ambulatoria; el nombre de agencia es solo para inscritas; aplican las reglas contra métodos abusivos
«15.2 Está prohibida la comercialización y/o promoción de servicios propios de las agencias de viajes y turismo en forma ambulatoria en espacios públicos como parques, plazas, plazuelas, o similares, así como en terminales terrestres, aéreos, marítimos, lacustres, áreas colindantes de restaurantes, establecimientos de hospedaje u otras zonas de uso público. [...] 15.7 La denominación de “Agencia de Viajes y Turismo” y el uso del distintivo aprobado por el MINCETUR, quedan reservados, exclusivamente, a las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados. 15.8 La comercialización y/o promoción de servicios a cargo de la agencia de viajes y turismo se debe realizar observando las disposiciones sobre métodos comerciales abusivos conforme a lo señalado en el Título III del Código de Protección y Defensa del Consumidor.»
↳Artículo 22, numeral 22.1, literal a), punto 6leída
La agencia que vende en línea debe publicar sus políticas de cobro, cancelación y reembolso
«Términos y Condiciones de Uso del canal digital, lo que incluye, entre otros aspectos, las políticas de cobro, cancelación y reembolso.»
↳Artículo 24leída
Mecanismos financieros de protección: se promueven, no se exigen
«Las asociaciones representativas del sector turismo de ámbito nacional y regional promoverán el desarrollo de mecanismos financieros que garanticen, ante el turista, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por sus asociados.»
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