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¿Cuánto me deben pagar por horas extras y cuál es la jornada máxima?

Respuesta corta

La jornada máxima es de 8 horas diarias o 48 semanales. Las horas extras son voluntarias y se pagan con un recargo mínimo de 25% sobre el valor hora en las dos primeras y 35% desde la tercera. El trabajo nocturno (10 p.m. a 6 a.m.) no puede pagarse por debajo de la remuneración mínima más 35%. La RMV es S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026 (hasta el 30 de setiembre fue S/ 1,130).

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Ministerio de Trabajo · El Peruano · Plataforma del Estado (gob.pe)

Verificado el 30 set. 2026Próxima revisión 15 ene. 2027

Qué leímos y qué no

El artículo 25 de la Constitución, los numerales 25.1, 25.6 y 25.19 del Reglamento de inspección y las tablas de multas del DS 008-2020-TR se leyeron en textos oficiales.

Leer másLeer menos

El DS 015-2026-TR (El Peruano, 28 de setiembre de 2026) sube la RMV a S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026; el segundo tramo, hasta S/ 1,300, necesita otro decreto que aún no se publica.

TrabajadoresPeruanosExtranjeros residentes

La jornada máxima

La Constitución (artículo 25) y el TUO de la Ley de Jornada de Trabajo (DS 007-2002-TR, artículo 1) fijan la jornada ordinaria en ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales como máximo. El «o» importa: la norma pone dos límites y todo lo que exceda la jornada diaria o semanal es sobretiempo y se paga con recargo.

Las horas extras son voluntarias

El artículo 9 del TUO es claro: «El trabajo en sobretiempo es voluntario, tanto en su otorgamiento como en su prestación». Nadie puede obligarte a quedarte ni sancionarte por irte a tu hora. Es tu decisión. La ley contempla excepciones puntuales que no describimos porque no leímos ese párrafo en el texto oficial.

También es voluntario para la empresa: no está obligada a darte horas extras.

Cuánto se paga

El artículo 10 fija recargos mínimos sobre el valor hora de tu remuneración:

Horas extrasRecargo mínimo
Primera y segunda hora25%
Tercera hora en adelante35%

Son mínimos «a convenir»: el contrato o convenio puede fijar más, nunca menos. El cálculo parte del valor hora de la remuneración que percibes, no de la RMV.

Ejemplo de método, sin cifras: divide tu remuneración mensual entre 30 y luego entre las horas de tu jornada diaria. Ese es tu valor hora. Multiplica por 1.25 para las dos primeras horas extras de cada día y por 1.35 para las siguientes.

Trabajo nocturno: el detalle que casi todos leen mal

El artículo 8 no dice «35% sobre tu sueldo». Dice que quien trabaja en horario nocturno «no podrá percibir una remuneración semanal, quincenal o mensual inferior a la remuneración mínima mensual vigente a la fecha de pago con una sobretasa del treinta y cinco por ciento (35%) de ésta».

Es decir: un piso, calculado sobre la RMV. Si ya ganas más que la RMV más 35%, la norma no te añade nada. Si ganas menos, tu empleador debe subirte hasta ese piso. El horario nocturno, según la misma ley, es el comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m.

La remuneración mínima que sí está vigente

El DS 006-2024-TR fijó la Remuneración Mínima Vital en S/ 1,130 desde el 1 de enero de 2025. El DS 015-2026-TR, publicado en El Peruano el 28 de setiembre de 2026, la sube a S/ 1,230 a partir del 1 de octubre de 2026. Desde esa fecha, S/ 1,230 es el mínimo legal por jornada completa y la base del piso nocturno: S/ 1,230 más 35%.

El mismo decreto anuncia un segundo tramo de S/ 70, hasta S/ 1,300, pero no lo fija: dice que se establecerá con otro decreto supremo durante el primer semestre de 2027. Hasta que ese decreto se publique, la RMV es S/ 1,230.

Lo que arriesga el empleador

El Reglamento de la Ley 28806 califica como muy graves:

  • 25.6 — incumplir las normas sobre jornada, horario, sobretiempo y refrigerio, lo que incluye no pagar las horas extras.
  • 25.1 — no pagar la remuneración mínima.
  • 25.19 — no contar con registro de control de asistencia.

La multa sale de la tabla del DS 008-2020-TR. En el régimen MYPE, si la empresa está inscrita en el REMYPE, la sanción es mucho menor (la fila de muy grave de una microempresa va de 0.23 a 0.68 UIT). La jornada máxima y el pago de horas extras, en cambio, no cambian con el régimen: son iguales para una microempresa y para una corporación.

Extranjeros

Las mismas reglas. La jornada, el sobretiempo y la RMV no distinguen nacionalidad ni tipo de contrato de extranjero.

Calcúlalo

La calculadora de horas extra aplica el recargo de 25% y 35% a tus horas, y avisa si tu sueldo está por debajo del piso legal de trabajo nocturno. Ir a la calculadora de horas extra.

¿Tu reclamo por horas extra terminó en una huelga?

Muchas huelgas legales en el Perú se originan por reclamos de horas extra no pagadas u otros incumplimientos de jornada. Revisa huelga: requisitos para que sea legal si tus compañeros están evaluando esa vía.

Si el trabajador es un adolescente, los límites son distintos

Las jornadas máximas descritas aquí son para trabajadores adultos. Los adolescentes tienen límites de horario más estrictos y requieren autorización especial. Revisa trabajo de menores de edad: edades mínimas y autorización requerida.

Cómo se reclama

  1. Calcula tu valor horaRemuneración mensual entre 30 días, entre las horas de tu jornada diaria. Sobre ese valor se aplica el 25% (dos primeras horas extras) y el 35% (desde la tercera).
  2. Registra tus horas tú mismoHora de entrada y salida cada día, en un cuaderno o en el celular, y guarda cualquier mensaje donde te pidan quedarte. Si la empresa no lleva registro de asistencia, el tuyo será la mejor prueba.
  3. Reclama por escrito a la empresaUn correo a recursos humanos con las fechas y las horas. Si te lo pagan, listo. Si no, tienes prueba de que reclamaste.
  4. Denuncia en SunafilGratis y en línea. El no pago de horas extras, la jornada superior a la máxima y la falta de registro de asistencia son infracciones muy graves.
  5. Demanda el pago en el Poder JudicialLa multa no te la pagan a ti. Las horas extras impagas se cobran en un proceso laboral, dentro del plazo de prescripción de cuatro años desde que termina la relación.

Cambios en camino

Todavía no son ley vigente. Hoy rige lo que explica esta página; esto es lo que podría cambiarlo.

Norma pendiente de emitir

Segundo tramo del incremento de la RMV (Decreto Supremo N.º 015-2026-TR, artículo 1.2)

Dónde está
El DS 015-2026-TR (El Peruano, 28 de setiembre de 2026) fijó el primer tramo, S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026. El segundo tramo todavía no tiene decreto: al 30 de setiembre de 2026 no encontramos ninguno en El Peruano.
Qué cambiaría
La RMV subiría S/ 70 más, de S/ 1,230 a S/ 1,300. Con ella subiría el piso del trabajo nocturno, que es la RMV más 35%.
Cómo entraría en vigor
Solo con un nuevo decreto supremo publicado en El Peruano, que debe fijar la fecha desde la que rige. El DS 015-2026-TR no pone esa fecha.
Cuándo
Sin fecha fijada. El DS 015-2026-TR dice que ese decreto se emite durante el primer semestre de 2027.
«El segundo tramo del incremento es de S/ 70.00 (Setenta y 00/100 Soles), el cual se establece mediante Decreto Supremo a emitirse durante el primer semestre del año 2027.»

Estado revisado el 30 de setiembre de 2026 · Ver en la fuente oficial

Lo que casi nadie pregunta a tiempo

Cumples horario, pero te pagan con recibo por honorarios. ¿Eso te deja fuera de estas reglas?

Averígualo antes de que importe →

Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma

Se cree que

Si el jefe me lo pide, tengo que quedarme.

La norma dice

No. La ley dice que el sobretiempo es voluntario «tanto en su otorgamiento como en su prestación». Puedes negarte. La ley prevé excepciones puntuales que no detallamos aquí porque no leímos ese párrafo.

Se cree que

Las horas extras se pagan a precio normal.

La norma dice

No. Las dos primeras llevan un recargo mínimo de 25% sobre el valor hora; desde la tercera, 35%. Es un mínimo: el convenio puede mejorarlo, nunca bajarlo.

Se cree que

El recargo nocturno es 35% sobre mi sueldo.

La norma dice

El texto dice otra cosa: quien trabaja de noche no puede ganar menos que la remuneración mínima más 35%. Es un piso calculado sobre la RMV, no un recargo sobre tu sueldo real.

Se cree que

Ya subieron el sueldo mínimo a 1,300 soles.

La norma dice

Todavía no. El DS 015-2026-TR sube la RMV en dos tramos: a S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026, y S/ 70 más, hasta S/ 1,300, con otro decreto supremo que debe emitirse en el primer semestre de 2027.

Se cree que

Si no hay registro de asistencia, no puedo probar mis horas extras.

La norma dice

La falta de registro es una infracción muy grave del empleador, no un problema tuyo. Correos, mensajes, fotos de la marcación o testigos sirven para acreditar las horas.

Preguntas frecuentes

¿Cómo calculo exactamente cuánto me deben por una hora extra?

Divide tu remuneración mensual entre 30 días y luego entre las horas de tu jornada diaria: ese es tu valor hora. Multiplica ese valor por 1.25 para las dos primeras horas extras de cada día, y por 1.35 desde la tercera hora en adelante. El cálculo parte de tu remuneración real, no de la RMV.

Trabajo en una microempresa inscrita en REMYPE. ¿Eso cambia mis derechos sobre horas extras?

No cambia tus derechos, solo cambia el tamaño de la multa que arriesga tu empleador. La jornada máxima, el pago de horas extras y la sobretasa nocturna son iguales para una microempresa y para una corporación. Lo que sí varía es la multa de Sunafil: para una microempresa inscrita en REMYPE, la infracción muy grave va de 0.23 a 0.68 UIT, muy por debajo de las 2.63 a 52.53 UIT de una empresa no MYPE.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar el pago de horas extras impagas?

Cuatro años desde que termina la relación laboral, según el plazo de prescripción aplicable a este tipo de reclamos. Pasado ese plazo, ya no puedes cobrar esas horas en un proceso judicial.

Me pagan con recibo por honorarios pero cumplo un horario fijo. ¿Me aplican estas reglas de jornada y horas extras?

Esta página no cubre ese caso directamente: cumplir un horario fijo mientras te pagan con recibo por honorarios es una situación distinta que puede tratarse como un contrato laboral encubierto, con sus propias reglas. Revisa la guía sobre recibo por honorarios encubierto antes de asumir que estas reglas de jornada no te alcanzan.

Cuánto es la multa

SupuestoGravedadRangoAutoridad
Incumplir las normas sobre jornada, horario, sobretiempo y refrigerio, incluido no pagar las horas extras (numeral 25.6) — empresa no MYPE, según trabajadores afectados
DS 019-2006-TR, art. 25.6 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR)
Microempresa inscrita en el REMYPE: de 0.23 a 0.68 UIT. Pequeña empresa: de 0.77 a 7.65 UIT.
muy grave2.63 – 52.53 UIT
S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00
$4,184 – $83,574
Sunafil
No pagar la remuneración mínima (numeral 25.1) — empresa no MYPE
DS 019-2006-TR, art. 25.1 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR)
muy grave2.63 – 52.53 UIT
S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00
$4,184 – $83,574
Sunafil
No contar con registro de control de asistencia (numeral 25.19) — empresa no MYPE
DS 019-2006-TR, art. 25.19 y art. 48 (texto del DS 008-2020-TR)
muy grave2.63 – 52.53 UIT
S/ 14,465.00 – S/ 288,915.00
$4,184 – $83,574
Sunafil

Las multas se fijan en UIT. Cambia la UIT, cambia la multa. UIT 2026 = S/ 5,500 (Decreto Supremo N.º 301-2025-EF). Conversión referencial. La deuda se paga en soles.Tipo de cambio al2026-10-12: US$ 1 = S/ 3.457.

La norma exacta

Decreto Supremo N.º 007-2002-TRArtículos 1, 8, 9 y 10leída

TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo

«El trabajo en sobretiempo es voluntario, tanto en su otorgamiento como en su prestación.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 4 de julio de 2002Ver texto oficial →

Decreto Supremo N.º 006-2024-TRArtículo 1leída

Incremento de la Remuneración Mínima Vital a S/ 1,130 desde el 1 de enero de 2025

«la Remuneración Mínima Vital asciende a S/ 1,130.00 (un mil ciento treinta y 00/100 Soles). El incremento tiene eficacia a partir del 1 de enero de 2025.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 28 de diciembre de 2024Ver texto oficial →

Decreto Supremo N.º 015-2026-TRArtículo 1, numeral 1.2leída

Incremento de la Remuneración Mínima Vital a S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026

«El primer tramo del incremento es de S/ 100.00 (Cien y 00/100 Soles), con lo que la Remuneración Mínima Vital pasa a ascender a S/ 1,230.00 (Un Mil Doscientos Treinta y 00/100 Soles), a partir del 1 de octubre de 2026.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 28 de setiembre de 2026Ver texto oficial →

Constitución Política del PerúArtículo 25leída

Jornada ordinaria de trabajo de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales

✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 30 de diciembre de 1993Ver texto oficial →

Decreto Supremo N.º 019-2006-TRArtículo 25, numerales 25.1, 25.6 y 25.19leída

Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo — infracciones muy graves

✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 29 de octubre de 2006Ver texto oficial →

Decreto Supremo N.º 008-2020-TRArtículo 48 del DS 019-2006-TR (texto sustituido)leída

Tablas de multas de Sunafil

✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 10 de febrero de 2020Ver texto oficial →

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