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Seguro de desgravamen, seguros atados a un crédito y refinanciación vs. reprogramación: ¿en qué se diferencian?

Respuesta corta

Si el banco exige un seguro para darte el crédito, puedes contratar el tuyo y endosarlo al banco, siempre que cumpla las condiciones que te informó; en desgravamen, el endoso no genera comisión. Refinanciar es cambiar plazo o monto por dificultades de pago, y si estabas en Normal te baja a Con Problemas Potenciales.

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SBS

Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 29 mar. 2027

PeruanosExtranjeros residentes

Puedes elegir el seguro que el banco te exige

Muchos créditos vienen con un seguro que el banco pone como condición, casi siempre el de desgravamen. Que el seguro sea obligatorio no significa que tengas que comprar el que te vende el banco. El artículo 27 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero (Res. SBS 3274-2017) dice que el banco:

“Deben informar a los usuarios que tienen el derecho a elegir entre la contratación del seguro ofrecido por las empresas; o un seguro contratado directamente por el usuario o a través de la designación de un corredor de seguros; siempre que cumpla, a satisfacción de las empresas, con las condiciones previamente informadas.”

Tienes tres caminos: el seguro del banco, uno que contratas tú o uno que consigues con un corredor. El límite está al final: tu seguro debe cumplir las condiciones que el banco te informó antes. El banco puede fijar condiciones, pero tienen que ser las que te comunicó previamente.

El endoso: cómo se usa tu propia póliza

Cuando traes tu propio seguro, se lo endosas al banco. El literal a) del mismo artículo lo explica:

“En el caso de que el usuario acredite la contratación, por su cuenta, de un seguro que cumpla con las condiciones establecidas por la empresa, no está obligado a tomar el seguro ofrecido y puede sustituirlo por el que hubiera contratado. En este supuesto, el seguro debe ser endosado a favor de la empresa hasta por el monto del saldo adeudado; sin que ello genere una comisión o gasto adicional al usuario, siempre que se trate del seguro de desgravamen.”

Tres cosas se desprenden de ese texto:

  • El endoso cubre lo que debes. Se hace a favor del banco “hasta por el monto del saldo adeudado”.
  • En desgravamen, sin comisión. El banco no puede cobrarte comisión ni gasto adicional por aceptar el endoso de un desgravamen. El texto limita esa regla al desgravamen.
  • Un seguro de vida puede reemplazar al desgravamen. El artículo 27.2 del reglamento de seguros (Res. SBS 4143-2019) prevé ese caso y pide algo más: el endoso “debe presentarse con una copia de la póliza de seguro correspondiente, incluyendo las condiciones generales, particulares y especiales que forman parte del contrato.”

Qué debe cubrir un seguro de desgravamen

El reglamento de seguros fija un contenido mínimo en su Quinta Disposición Complementaria Final:

“El seguro de desgravamen, indistintamente si es o no condición para contratar, debe considerar las coberturas de fallecimiento e invalidez total y permanente.”

Si te ofrecen coberturas extra dentro del desgravamen, la misma disposición dice que deben ser opcionales, contratarse “de manera independiente a la contratación del producto de crédito” y con tu consentimiento expreso.

Sobre el precio, dice:

“Las empresas deben determinar el cobro del seguro de desgravamen de manera proporcional al monto del saldo insoluto de la deuda.”

Es decir, el cobro se calcula sobre lo que aún debes, no sobre lo que pediste al inicio. Ojo con el alcance: la Primera Disposición Complementaria Transitoria aplica estas reglas a “las nuevas contrataciones y renovaciones” desde que venció el plazo de adecuación de la Res. SBS 1147-2021. Un desgravamen antiguo que no se ha renovado puede tener otras condiciones.

Si pagas antes, puedes pedir parte de la prima

Algunos desgravámenes se pagan de una vez al inicio, sobre el monto total del crédito (prima única). Si luego adelantas pagos, el artículo 33.1 del reglamento de seguros te protege:

“En caso el usuario realice el pago anticipado total o parcial de una operación crediticia, en la que se cuenta con un seguro de desgravamen con prima única por el importe inicial del crédito, tiene derecho a solicitar a la empresa o al comercializador, en caso corresponda, la devolución de la prima de dicho seguro por el período de cobertura no devengado.”

La norma dice “solicitar”: pídelo por escrito, no esperes que te lo devuelvan solos.

Cuando el seguro paga: la liquidación del crédito

Si muere el titular o queda en invalidez total y permanente, la aseguradora paga al banco. El artículo 27, numeral 2, del reglamento del sistema financiero fija cómo se cierra el crédito:

“La fecha de pago de indemnizaciones a las empresas es la que debe considerarse para realizar la liquidación de la operación activa. Las empresas tienen un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la indemnización para efectuar la liquidación.”

Para la familia de un fallecido, esa fecha importa: es la que cuenta para liquidar la deuda. Si el banco demora más de treinta días desde que recibió la indemnización, está fuera de plazo. Qué puede hacer el banco con las cuentas del fallecido mientras tanto lo explicamos en cuentas bancarias del fallecido, y si las deudas pasan a los herederos, en ¿se heredan las deudas?.

Refinanciación, reestructuración y «reprogramación»

Aquí la confusión es de palabras. El Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor (Res. SBS 11356-2008) define dos figuras.

La refinanciación:

“Se considera como “OPERACIÓN REFINANCIADA” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor.”

La reestructuración, que es otra cosa: la reprogramación de pagos aprobada dentro de un procedimiento concursal.

“Se considera como “OPERACIÓN REESTRUCTURADA” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, sujeto a la reprogramación de pagos aprobada en el proceso de reestructuración, de concurso ordinario o preventivo, según sea el caso, conforme a la Ley General del Sistema Concursal aprobada mediante la Ley Nº 27809.”

¿Y la «reprogramación» que ofrecen los bancos a sus clientes? En ese reglamento, la palabra aparece para los procesos concursales y para los créditos reprogramados por la COVID-19, pero no como una figura general distinta. Nuestra lectura: lo que decide si tu crédito es refinanciado no es el nombre que le pone el banco, sino el motivo. Si el plazo o el monto cambian porque tienes dificultades para pagar, encaja en la definición de refinanciado. Si el cambio no responde a eso, no encaja. Esta es una deducción de la definición, no una regla escrita con esas palabras.

Qué le pasa a tu clasificación si refinancias

El numeral 2.3 del mismo reglamento dice:

“Al momento de firmarse el contrato de refinanciación o de aprobarse la reprogramación de pagos, según corresponda a un crédito refinanciado o reestructurado, la clasificación de riesgo de los deudores deberá mantenerse en sus categorías originales, con excepción de los deudores clasificados como Normal que deberán ser reclasificados como Con Problemas Potenciales.”

Si estabas al día y clasificado como Normal, refinanciar te baja a Con Problemas Potenciales. Si ya estabas en una categoría peor, te quedas donde estabas. Para subir de nuevo:

“Posteriormente, la clasificación crediticia de los deudores refinanciados o reestructurados podrá ser mejorada en una categoría, cada dos (2) trimestres, siempre que el deudor haya efectuado pagos puntuales de las cuotas pactadas, y se encuentre cumpliendo las metas del plan de refinanciación.”

Por eso conviene preguntar, antes de firmar, si el cambio que te ofrecen se registrará como refinanciación. Si el banco no cumple estas reglas, puedes reclamar al banco.

Lo que esta página no cubre

No revisamos pólizas concretas ni qué pasa con el saldo si el seguro rechaza el siniestro. No cubrimos las reglas especiales de los créditos reprogramados por la COVID-19, los seguros de bienes en garantía más allá de lo citado, ni resoluciones de Indecopi o de la SBS sobre desgravamen. Tampoco explicamos cómo se reporta tu clasificación a las centrales de riesgo.

Cómo se reclama

  1. Pide por escrito las condiciones que debe cumplir tu seguroSi el crédito exige un seguro, pide al banco las condiciones que debe cumplir una póliza externa. El reglamento solo le permite exigir las que informó antes.
  2. Contrata tu póliza y tramita el endosoEndosa tu póliza a favor del banco hasta por el saldo adeudado. Si reemplazas el desgravamen con un seguro de vida, adjunta copia de la póliza con todas sus condiciones.
  3. Si pagas antes, pide la devolución de la primaSi tu desgravamen era de prima única y haces un pago anticipado, solicita por escrito al banco o al comercializador la devolución de la prima por el período no devengado.
  4. Antes de aceptar una reprogramación, pregunta cómo se registraráPide que te digan por escrito si el cambio se tratará como refinanciación. Si lo es y estabas en Normal, tu clasificación bajará a Con Problemas Potenciales.
  5. Si el banco no cumple, reclamaPresenta tu reclamo al banco y guarda la constancia. Cómo hacerlo y a quién acudir después está en nuestra página sobre reclamos a un banco.

Lo que casi nadie pregunta a tiempo

¿Dónde ves cómo te clasifican los bancos después de refinanciar?

Averígualo antes de que importe →

Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma

Se cree que

Si el banco me pide un seguro de desgravamen, tengo que comprar el que me ofrece.

La norma dice

El artículo 27 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero dice que el banco debe informarte que puedes elegir: su seguro, uno que contrates tú o uno a través de un corredor, siempre que cumpla las condiciones que el banco informó antes.

Se cree que

Si traigo mi propio seguro, el banco me cobra una comisión por el endoso.

La norma dice

Para el seguro de desgravamen, el mismo artículo dice que el endoso a favor del banco se hace sin que genere una comisión o gasto adicional para ti.

Se cree que

Si pago mi préstamo antes de tiempo, el desgravamen que ya pagué se pierde.

La norma dice

Si tu desgravamen era de prima única por el monto inicial del crédito, el artículo 33.1 del reglamento de seguros te da derecho a pedir la devolución de la prima por el período de cobertura no devengado.

Se cree que

Refinanciar y reprogramar es lo mismo y no afecta mi calificación.

La norma dice

Para la SBS, un crédito es refinanciado cuando cambian el plazo o el monto porque tienes dificultades para pagar. En ese caso, si estabas clasificado como Normal, pasas a Con Problemas Potenciales.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar un seguro de vida que ya tengo en lugar del desgravamen del banco?

El reglamento de seguros prevé el endoso de un seguro de vida que reemplace al desgravamen. En ese caso, el endoso debe presentarse con una copia de la póliza, incluidas sus condiciones generales, particulares y especiales. El banco puede exigir que tu seguro cumpla las condiciones que te informó antes.

¿Qué tiene que cubrir un seguro de desgravamen?

La Quinta Disposición Complementaria Final del reglamento de seguros dice que debe cubrir fallecimiento e invalidez total y permanente, sea o no condición para el crédito. Cualquier otra cobertura debe ser opcional, contratarse aparte del crédito y con tu consentimiento expreso.

¿El desgravamen se cobra sobre lo que pedí prestado o sobre lo que me falta pagar?

La misma disposición dice que el cobro debe ser proporcional al saldo insoluto de la deuda, es decir, a lo que aún debes. Se aplica a contrataciones nuevas y renovaciones desde que venció el plazo de adecuación que fijó la Res. SBS 1147-2021.

Murió el titular del crédito y había desgravamen. ¿Qué pasa con la deuda?

Eso depende de la póliza. Lo que la norma fija es que la fecha que cuenta para liquidar el crédito es la del pago de la indemnización al banco, y que el banco tiene un plazo máximo de treinta días desde que la recibe para liquidar. Lo que el banco puede hacer con las cuentas del fallecido está en otra página.

El banco me ofreció «reprogramar» mis cuotas. ¿Eso es una refinanciación?

Depende del motivo. El reglamento de la SBS llama refinanciado al crédito cuyo plazo o monto cambia porque tienes dificultades para pagar. Si el cambio responde a eso, es una refinanciación aunque el banco le dé otro nombre. Pregunta por escrito cómo quedará registrado tu crédito antes de firmar.

La norma exacta

Resolución SBS N.º 3274-2017, Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema FinancieroArtículo 27, numeral 1leída

Si el seguro es condición para el crédito, puedes elegir el tuyo

«Deben informar a los usuarios que tienen el derecho a elegir entre la contratación del seguro ofrecido por las empresas; o un seguro contratado directamente por el usuario o a través de la designación de un corredor de seguros; siempre que cumpla, a satisfacción de las empresas, con las condiciones previamente informadas.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 18 de agosto de 2017Ver texto oficial →

↳Artículo 27, numeral 1, literal a)leída

Tu seguro se endosa al banco; en desgravamen, sin comisión ni gasto adicional

«En el caso de que el usuario acredite la contratación, por su cuenta, de un seguro que cumpla con las condiciones establecidas por la empresa, no está obligado a tomar el seguro ofrecido y puede sustituirlo por el que hubiera contratado. En este supuesto, el seguro debe ser endosado a favor de la empresa hasta por el monto del saldo adeudado; sin que ello genere una comisión o gasto adicional al usuario, siempre que se trate del seguro de desgravamen.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 18 de agosto de 2017Ver texto oficial →

↳Artículo 27, numeral 2leída

Cuándo debe el banco liquidar el crédito tras cobrar la indemnización

«La fecha de pago de indemnizaciones a las empresas es la que debe considerarse para realizar la liquidación de la operación activa. Las empresas tienen un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la indemnización para efectuar la liquidación.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 18 de agosto de 2017Ver texto oficial →

Resolución SBS N.º 4143-2019, Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de SegurosArtículo 27, numeral 27.2leída

Si usas un seguro de vida en lugar del desgravamen, el endoso va con copia de la póliza

«Tratándose del endoso de un seguro de vida que reemplace al seguro de desgravamen, como condición para la contratación de un crédito, adicionalmente este debe presentarse con una copia de la póliza de seguro correspondiente, incluyendo las condiciones generales, particulares y especiales que forman parte del contrato.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

↳Artículo 33, numeral 33.1leída

Devolución de la prima del desgravamen si pagas antes

«En caso el usuario realice el pago anticipado total o parcial de una operación crediticia, en la que se cuenta con un seguro de desgravamen con prima única por el importe inicial del crédito, tiene derecho a solicitar a la empresa o al comercializador, en caso corresponda, la devolución de la prima de dicho seguro por el período de cobertura no devengado.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

↳Quinta Disposición Complementaria Final (Seguro de desgravamen), primer párrafoleída

Qué debe cubrir el seguro de desgravamen

«El seguro de desgravamen, indistintamente si es o no condición para contratar, debe considerar las coberturas de fallecimiento e invalidez total y permanente.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

↳Quinta Disposición Complementaria Final (Seguro de desgravamen), coberturas adicionalesleída

Otras coberturas son opcionales y se contratan aparte

«En cualquiera de estos casos, la contratación de coberturas distintas debe ser opcional y realizarse de manera independiente a la contratación del producto de crédito, para lo cual se requiere el consentimiento expreso del asegurado, dejando constancia de ello como parte del expediente de la póliza de seguro que se emita.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

↳Quinta Disposición Complementaria Final (Seguro de desgravamen), cobroleída

El desgravamen se cobra en proporción a lo que aún debes

«Las empresas deben determinar el cobro del seguro de desgravamen de manera proporcional al monto del saldo insoluto de la deuda.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

↳Primera Disposición Complementaria Transitorialeída

Las reglas del desgravamen se aplican a contratos nuevos y renovaciones

«Las disposiciones establecidas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento aplican para las nuevas contrataciones y renovaciones del seguro del desgravamen, a partir del término del plazo de adecuación establecido en la Resolución SBS N° 1147-2021.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 11 de setiembre de 2019Ver texto oficial →

Resolución SBS N.º 11356-2008, Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de ProvisionesCapítulo IV, numeral 2.1 (Operaciones refinanciadas)leída

Qué es un crédito refinanciado

«Se considera como “OPERACIÓN REFINANCIADA” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 19 de noviembre de 2008Ver texto oficial →

↳Capítulo IV, numeral 2.2 (Operaciones reestructuradas)leída

Qué es un crédito reestructurado

«Se considera como “OPERACIÓN REESTRUCTURADA” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, sujeto a la reprogramación de pagos aprobada en el proceso de reestructuración, de concurso ordinario o preventivo, según sea el caso, conforme a la Ley General del Sistema Concursal aprobada mediante la Ley Nº 27809.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 19 de noviembre de 2008Ver texto oficial →

↳Capítulo IV, numeral 2.3 (Clasificación), primer párrafoleída

Al refinanciar, quien estaba en Normal pasa a Con Problemas Potenciales

«Al momento de firmarse el contrato de refinanciación o de aprobarse la reprogramación de pagos, según corresponda a un crédito refinanciado o reestructurado, la clasificación de riesgo de los deudores deberá mantenerse en sus categorías originales, con excepción de los deudores clasificados como Normal que deberán ser reclasificados como Con Problemas Potenciales.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 19 de noviembre de 2008Ver texto oficial →

↳Capítulo IV, numeral 2.3 (Clasificación), segundo párrafoleída

Cómo se recupera la clasificación después de refinanciar

«Posteriormente, la clasificación crediticia de los deudores refinanciados o reestructurados podrá ser mejorada en una categoría, cada dos (2) trimestres, siempre que el deudor haya efectuado pagos puntuales de las cuotas pactadas, y se encuentre cumpliendo las metas del plan de refinanciación.»
✓ Artículo leído directamente en la fuente oficialPublicada el 19 de noviembre de 2008Ver texto oficial →

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