¿Qué hace la DEMUNA y qué no? Conciliación de alimentos, tenencia y visitas, gratis
La DEMUNA es un servicio gratuito de tu municipalidad que concilia solo alimentos, tenencia y régimen de visitas, con actas que son título ejecutivo si el tema no fue resuelto antes por un juez. También recibe casos de niños en riesgo, ayuda con la partida y el DNI y denuncia faltas y delitos. No dicta sentencias ni concilia otros temas.
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El Peruano
Verificado el 11 oct. 2026Próxima revisión 11 feb. 2027
Lo que falta verificarLeímos los artículos 42 a 45 del Código de los Niños y Adolescentes en el texto que les dio el Decreto Legislativo N.º 1377 (El Peruano, 24 de agosto de 2018), el Reglamento del Servicio de las Defensorías, Decreto Supremo N.º 005-2019-MIMP (El Peruano, 7 de marzo de 2019), y su modificación por el Decreto Supremo N.º 003-2023-MIMP (El Peruano, 1 de marzo de 2023). No comprobamos si esos artículos del Código o del reglamento cambiaron después de esas fechas. Lo que pasa cuando el acta no se cumple, que se pide al juez que la haga cumplir, es nuestra lectura de que el acta sea «título ejecutivo»; no leímos el Código Procesal Civil para esta página.
Qué es la DEMUNA
El Código de los Niños y Adolescentes la define como «un servicio gratuito y especializado que forma parte del Sistema Nacional de Atención Integral» (art. 42, texto del D. Leg. 1377). Las Defensorías pueden funcionar en gobiernos locales, instituciones públicas y privadas y organizaciones de la sociedad civil; la que funciona en la municipalidad es la DEMUNA (Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente).
El MIMP, como Autoridad Central, «promueve, inscribe, conduce, norma, coordina y supervisa este servicio» (art. 43). Sus integrantes deben ser profesionales «de reconocida solvencia moral» y capacitados para el servicio (art. 44).
Qué hace
| Función | Qué significa en la práctica | Base (Código, texto del D. Leg. 1377) |
|---|---|---|
| Conciliar alimentos, tenencia y régimen de visitas | Sin ser centro de conciliación. El acta es título ejecutivo si el tema no lo resolvió antes un juez | Art. 45.1 c) |
| Abrir cuentas de consignación | Para depositar la pensión acordada en la conciliación | Art. 45.1 d) |
| Promover la inscripción del nacimiento y el DNI | Y pedir la inscripción en caso de orfandad o desprotección familiar | Art. 45.1 e) y f) |
| Promover el reconocimiento voluntario de hijos | Con actas de compromiso cuando un progenitor pide dejar constancia | Art. 45.1 g) |
| Comunicar o denunciar faltas y delitos contra niños | Ante las autoridades competentes | Art. 45.1 h) |
| Representar en juicios de alimentos y filiación | Según el Código Procesal Civil | Art. 45.1 i) |
| Comunicar situaciones de riesgo | Comunicar los casos de riesgo de desprotección familiar | Art. 45.1 j) |
| Actuar en procedimientos por riesgo | Y colaborar en los de desprotección, a pedido de la autoridad | Art. 45.2 b) y c) |
| Prevenir vulneraciones y difundir derechos | Acciones de prevención y atención; información sobre derechos y deberes de niños y adolescentes | Art. 45.1 a) y b) |
El reglamento agrega que la DEMUNA califica cada caso en «hasta veinticuatro (24) horas a partir de la recepción del caso» (art. 30.2, texto del D.S. 003-2023-MIMP), y que «no puede inhibirse de la atención de casos o de actuar frente a situaciones de riesgo» por falta de personal, de recursos o de acreditación (art. 29.5).
La conciliación, paso a paso
El reglamento la limita a tres temas: «La DNA celebra conciliación extrajudicial solo en materia de alimentos, tenencia, y régimen de visitas» a favor de niñas, niños y adolescentes (art. 37.1).
| Momento | Regla | Artículo del reglamento |
|---|---|---|
| Fecha de la audiencia | Hasta 10 días hábiles desde el día siguiente de la primera invitación | 38.2 |
| Si alguien no va | Se le invita una segunda vez, con los mismos plazos | 38.4 |
| Si no va a la segunda | «se da por concluida la conciliación extrajudicial» | 38.5 |
| Duración máxima | 30 días calendario desde la primera sesión, prorrogables por acuerdo de las partes | 38.8 |
Si hay acuerdo, el acta de conciliación es título ejecutivo en alimentos, tenencia y régimen de visitas (Código, art. 45.1 c). Leemos que eso significa que, si no se cumple, puedes pedir al juez que la haga cumplir sin tener que probar de nuevo el derecho; el detalle procesal no está en las normas que leímos para esta página.
Lo que la DEMUNA no hace
- No dicta sentencias ni impone una pensión. Concilia: sin acuerdo, no hay acta de conciliación.
- No concilia otros temas. Divorcio, bienes, herencia o patria potestad quedan fuera de los tres temas del artículo 37.1.
- No revisa lo que ya resolvió un juez. Su acta vale como título ejecutivo solo si el tema «no hayan sido resueltas por instancia judicial» (art. 45.1 c).
- No te cobra. «Todo servicio que brinda la DNA es gratuito» (reglamento, Título Preliminar, texto del D.S. 003-2023-MIMP).
Conciliación y compromiso no son lo mismo
Además de conciliar, la DEMUNA puede levantar actas de compromiso: el compromiso es «la acción por la cual la DNA propicia que una o más personas garanticen o asuman obligaciones» (reglamento, art. 47). El Código le da fuerza de título ejecutivo al acta de conciliación de alimentos, tenencia y visitas; no dice lo mismo del acta de compromiso. Si lo que te interesa es poder exigir el pago, pide que sea una conciliación.
Cómo se reclama
- Ubica la DEMUNA de tu distritoFunciona en la municipalidad y es gratuita (Código, art. 42).
- Cuenta el caso y lleva documentosConviene llevar tu DNI, la partida de nacimiento del niño y lo que tengas sobre los gastos o la situación; las normas que leímos no traen una lista de requisitos. El reglamento fija hasta 24 horas para calificar el caso desde que se recibe (art. 30.2).
- Asiste a la audienciaLa DEMUNA invita a la otra parte y fija la audiencia en un máximo de 10 días hábiles (art. 38.2). Si no va, hay una segunda invitación (art. 38.4).
- Si hay acuerdo, pide tu copia del actaRevisa que diga el monto, la fecha de pago y la forma (por ejemplo, la cuenta de consignación que la DEMUNA puede abrir, art. 45.1 d). Esa acta es título ejecutivo.
- Si no hay acuerdo o no se cumple, ve al juzgadoSin acuerdo, se demanda la pensión o la tenencia. Si hay acta y no se cumple, leemos que puedes pedir al juez que la haga cumplir, porque es título ejecutivo.
Lo que casi nadie pregunta a tiempo
Si la conciliación no funciona, ¿sabes cómo se calcula la pensión que fija un juez?
Averígualo antes de que importe →Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma
En la DEMUNA hay que pagar algo.
Es un servicio gratuito por ley (Código, art. 42) y el reglamento, en el texto del D.S. 003-2023-MIMP, dice: «Todo servicio que brinda la DNA es gratuito» (Título Preliminar).
La DEMUNA puede obligar al padre a pagar una pensión.
La DEMUNA concilia: el acuerdo depende de que las dos partes lleguen a él. Si la otra parte no va a la segunda invitación, la conciliación se da por concluida (reglamento, art. 38.5) y el camino es el juzgado.
Un acta de la DEMUNA es solo un papel.
El acta de conciliación de alimentos, tenencia o visitas es «título ejecutivo» (Código, art. 45.1 c), siempre que el tema no haya sido resuelto por un juez.
En la DEMUNA puedo arreglar el divorcio o la repartición de bienes.
El reglamento limita la conciliación de la DEMUNA a «alimentos, tenencia, y régimen de visitas» a favor de niñas, niños y adolescentes (art. 37.1). Lo demás no es materia suya.
Si ya hay sentencia de alimentos, la DEMUNA puede cambiarla.
El acta vale como título ejecutivo «siempre que las mismas materias no hayan sido resueltas por instancia judicial» (Código, art. 45.1 c).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora una conciliación en la DEMUNA?
La audiencia se programa en un máximo de 10 días hábiles desde el día siguiente de cursada la primera invitación (art. 38.2), y la conciliación puede durar hasta 30 días calendario desde la primera sesión, prorrogables si las partes están de acuerdo (art. 38.8).
¿Qué pasa si la otra parte no va?
Se la invita una segunda vez, con los mismos plazos (art. 38.4). Si tampoco va, la conciliación se da por concluida (art. 38.5). Ahí puedes demandar en el juzgado; la DEMUNA puede representarte en el proceso de alimentos (Código, art. 45.1 i).
¿La DEMUNA puede negarse a atenderme porque no tiene personal?
No. El reglamento dice que la DEMUNA «no puede inhibirse de la atención de casos o de actuar frente a situaciones de riesgo», tampoco por falta de recursos humanos o materiales ni por no estar acreditada (art. 29.5).
¿La DEMUNA atiende a familias extranjeras?
Las normas que leímos hablan de niñas, niños y adolescentes sin distinguir nacionalidad. Leemos que la DEMUNA del distrito donde vive el niño debe atender el caso.
¿Qué es un acta de compromiso?
Es distinta del acta de conciliación. El compromiso es la acción por la cual la DEMUNA propicia que una o más personas asuman obligaciones (reglamento, art. 47). El Código solo le da fuerza de título ejecutivo al acta de conciliación de alimentos, tenencia y visitas.
La norma exacta
Decreto Legislativo N.º 1377 (texto de los artículos 42 y 43 del Código de los Niños y Adolescentes)Artículo 4, que modifica los artículos 42 y 43 del Códigoleída
Defensoría de la Niña, Niño y Adolescente: servicio gratuito; el MIMP la supervisa
«La Defensoría de la Niña, Niño y Adolescente es un servicio gratuito y especializado que forma parte del Sistema Nacional de Atención Integral.»
Decreto Legislativo N.º 1377 (texto del artículo 45 del Código de los Niños y Adolescentes)Artículo 4, que modifica el artículo 45 (numerales 45.1 y 45.2) del Códigoleída
Funciones de las Defensorías y funciones adicionales de las DEMUNA
«emitiendo actas que constituyen título ejecutivo en materia de alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que las mismas materias no hayan sido resueltas por instancia judicial.»
Decreto Supremo N.º 005-2019-MIMPArtículo 47leída
Reglamento del Servicio de las Defensorías de la Niña, Niño y Adolescente: el acta de compromiso
«El compromiso es la acción por la cual la DNA propicia que una o más personas garanticen o asuman obligaciones»
Decreto Supremo N.º 003-2023-MIMPArtículo 1, que modifica el artículo IV y el artículo V (numeral 7, y le agrega los numerales 10 y 11) del Título Preliminar y los artículos 29.5 y 30.2 del Reglamentoleída
Gratuidad, plazo de calificación y deber de atender
«Todo servicio que brinda la DNA es gratuito.»
↳Artículo 1, que modifica los artículos 37.1 y 38 (numerales 38.2, 38.4, 38.5 y 38.8) del Reglamentoleída
Materias conciliables y audiencia de conciliación en la DEMUNA
«La DNA celebra conciliación extrajudicial solo en materia de alimentos, tenencia, y régimen de visitas»
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