Indecopi multa en primera instancia a colegio de Chachapoyas con S/105,270 por cobros indebidos y direccionar la compra de uniformes
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín sancionó con 19.14 UIT a la Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C. por cobros no permitidos, intereses moratorios por encima del límite legal y por direccionar la compra de textos y uniformes. La empresa puede apelar.
Esta sanción es de primera instancia: el colegio puede apelar dentro de los 15 días hábiles siguientes a su notificación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, así que la decisión todavía puede cambiar.
| Entidad sancionada | Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C. |
|---|---|
| Autoridad | INDECOPI |
| Resolución | Resolución N.° 0187-2026/INDECOPI-SAM |
| Multa | 19.14 UIT — S/ 105,270 |
| Fecha de la resolución | 21 set. 2026 |
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín sancionó, en primera instancia administrativa, a la Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C., que brinda servicios educativos en Chachapoyas, Amazonas, con una multa de 19.14 UIT, equivalentes a S/105,270. Indecopi lo informó el 21 de setiembre de 2026.
El procedimiento se originó en una supervisión de la Oficina Regional del Indecopi en Amazonas. La Comisión impuso 3.19 UIT por cada infracción acreditada. Según Indecopi, entre ellas están:
- no informar por escrito la fecha u oportunidad de pago de la cuota de ingreso del periodo lectivo 2024;
- cobrar conceptos extraordinarios por libros y uniformes;
- fijar un interés moratorio superior al límite legal;
- irregularidades en el proceso de selección de textos escolares;
- direccionar la compra de útiles y uniformes hacia una marca o proveedor determinado.
Como medidas correctivas, la Comisión ordenó al colegio informar adecuadamente la fecha y oportunidad de pago de la cuota de ingreso, abstenerse de cobrar intereses moratorios por encima del límite legal, eliminar esas condiciones de sus contratos y cumplir la normativa sobre selección de textos escolares.
Es una decisión de primera instancia. El colegio puede apelar dentro de los 15 días hábiles siguientes a su notificación, y la apelación la resolvería la Sala Especializada en Protección al Consumidor. La Resolución N.° 0187-2026/INDECOPI-SAM es pública en el buscador de resoluciones de Indecopi.
Si tu colegio te exige comprar libros o uniformes en un lugar específico, o te cobra conceptos que no te informaron, revisa qué puede y qué no puede cobrar un colegio privado y cómo presentar un reclamo o una denuncia ante Indecopi.