Cooperativas de ahorro y crédito (Coopac): ¿qué supervisa la SBS y están protegidos tus ahorros?
Desde la Ley 30822, la SBS supervisa a las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) y lleva su registro. Solo las inscritas pueden recibir ahorros de sus socios. Tus depósitos tienen un seguro propio, el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, pero solo si tu Coopac tiene esa cobertura y hasta un tope.
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Ministerio de Economía y Finanzas · SBS
Verificado el 1 oct. 2026Próxima revisión 29 mar. 2027
Lo que falta verificarLa Ley 30822 se leyó en la edición de El Peruano del 19 de julio de 2018 que publica el MEF (gob.pe) y se comparó con el texto concordado de la Ley 26702 que publica la SBS, actualizado a septiembre de 2020: los pasajes citados coinciden. No verificamos si la vigesimocuarta disposición final y complementaria de la Ley 26702 fue modificada después de 2020. En particular, la ley divide a las Coopac en niveles 1, 2 y 3, mientras que la SBS hoy habla también de niveles 2A y 2B: no leímos la norma que creó esa división. Los montos de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo se tomaron de la página oficial de la SBS, no del reglamento del Fondo, que no leímos. Lo que dice esta página sobre dónde reclamar (SBS o Indecopi) viene de las preguntas frecuentes que publica la SBS, no de una norma; no revisamos resoluciones de Indecopi sobre Coopac.
Qué es una Coopac
Una cooperativa de ahorro y crédito que solo opera con sus socios se llama, en la ley, Coopac. La Ley 30822, de 2018, reescribió las reglas que le aplican dentro de la Ley 26702, la ley general del sistema financiero. Lo primero que dice es a quién puede atender:
“Solo pueden captar depósitos de sus socios cooperativistas. No están autorizadas para captar depósitos del público.”
Una Coopac no es un banco. Solo puede recibir tu dinero si eres socio.
Qué supervisa la SBS
La SBS supervisa a las Coopac a través de un área propia, la Superintendencia Adjunta de Cooperativas:
“La supervisión y la ejecución de la intervención de las Coopac está a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas, que para la realización de su labor de supervisión e intervención de las Coopac de niveles 1 y 2, puede contar con el apoyo de colaboradores técnicos.”
La supervisión no es igual para todas. La ley asigna a cada Coopac un nivel según sus activos, y la intensidad cambia con el nivel:
“Para las Coopac asignadas al nivel 1, la regulación y supervisión se centra principalmente en verificar que la Coopac cumpla con los requisitos para inscribirse y mantenerse en el Registro Nacional […]. Para las Coopac asignadas a los niveles 2 y 3, la regulación y supervisión es acorde a los riesgos que corresponden a las operaciones que se llevan a cabo en dichos niveles.”
En una Coopac pequeña, de nivel 1, la supervisión se centra sobre todo en que cumpla los requisitos del registro. La SBS hoy también usa los niveles 2A y 2B, que no aparecen en el texto de la ley que leímos.
Lo que la SBS no supervisa
Según la SBS, solo supervisa a las cooperativas de ahorro y crédito. Las cooperativas de consumo o de servicios múltiples “se rigen por la Ley General de Cooperativas y no están bajo supervisión de la SBS”.
Y lo más importante: estar supervisada no es una garantía. La SBS lo dice así en sus preguntas frecuentes:
“No; al igual que ocurre con las demás entidades supervisadas, esta Superintendencia no garantiza la solidez financiera […] En cuanto a las Coopac, el registro no implica un proceso de licenciamiento como en otras empresas supervisadas, sino que se trata de un proceso que se limita a evaluar que la solicitud de inscripción presentada, en calidad de declaración jurada, se ajuste a los requisitos previstos en la regulación aplicable.”
Que tu Coopac esté inscrita solo te dice que presentó los requisitos. No te dice que esté bien administrada.
El Registro Nacional de Coopac
Toda Coopac debe inscribirse en un registro que lleva la SBS:
“Todas las Coopac están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas.”
Sin inscripción, una cooperativa no puede recibir depósitos:
“Únicamente las Coopac que se encuentran inscritas en el Registro Nacional […] pueden captar depósitos de sus socios.”
Si una cooperativa capta depósitos sin estar inscrita, la ley ordena a la SBS “disponer la inmediata clausura de sus oficinas”, con apoyo del Ministerio Público. Antes de depositar, busca tu cooperativa en el Registro COOPAC de la SBS o en su buscador de Coopac.
¿Tus ahorros tienen seguro?
Sí, pero no el mismo que en un banco, y no en todos los casos. La ley creó un fondo solo para las Coopac:
“Constitúyese un Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, exclusivo para las Coopac, como una persona jurídica de derecho privado de naturaleza distinta del Fondo de Seguro de Depósitos a que se refiere el Capítulo III del Título I de la Sección Segunda de la presente ley […].”
Ese fondo no es el que protege los depósitos en bancos. Y para que proteja tus ahorros, tu Coopac tiene que haber aportado un tiempo mínimo:
“Las Coopac que ingresen al Fondo deben efectuar aportaciones a este durante veinticuatro meses, como mínimo, para que los depósitos de sus socios se encuentren respaldados.”
La SBS lo resume así: tú no te inscribes en el Fondo; es la Coopac la que debe afiliarse y pagar sus primas. Si no está afiliada o no pagó, “los socios podrían perder parte o la totalidad de sus depósitos”.
Cuánto cubre
Según la página oficial de la SBS, si una Coopac cierra, el Fondo devuelve a cada socio hasta:
| Nivel de la Coopac | Tope por socio (incluye intereses) |
|---|---|
| Nivel modular 1 y nivel modular 2A | S/ 5 000 |
| Nivel modular 3 y nivel modular 2B | S/ 10 000 |
Si tienes más que eso en una sola Coopac, lo que pase del tope no está cubierto por el Fondo. La SBS enlaza, desde su página del Fondo, la relación de Coopac que cuentan con cobertura.
Dónde reclamar
No encontramos una norma que reparta la competencia entre la SBS e Indecopi para los socios de una Coopac. Lo que sí dice la SBS en sus preguntas frecuentes es esto:
“Si el socio considera que la Coopac ha incumplido con sus obligaciones, como la devolución de depósitos pactados, puede presentar una denuncia ante la SBS. […] También podría recurrir al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), si la Coopac actuó como proveedor en su relación con el socio como consumidor.”
En la práctica:
- Si la Coopac no te devuelve tus depósitos, la SBS indica que puedes denunciarla ante la SBS.
- Si el problema es de consumo (un cobro, una condición del servicio), la SBS menciona a Indecopi como opción. Cómo funciona esa vía está en cómo denunciar en Indecopi.
Si tu problema es con un banco y no con una Coopac, las reglas están en reclamo a un banco.
Lo que esta página no cubre
No cubrimos el reglamento del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo ni qué tipos de cuentas o aportaciones cubre exactamente, las reglas para ascender de nivel, las cooperativas autorizadas a captar recursos del público (un régimen distinto), ni qué pasa con tus deudas con una Coopac que entra en liquidación. Tampoco revisamos resoluciones de la SBS o de Indecopi sobre casos concretos.
Cómo se reclama
- Verifica que tu cooperativa esté inscritaBusca tu cooperativa en el Registro COOPAC de la SBS. Solo las inscritas pueden recibir depósitos de sus socios.
- Revisa si tiene la cobertura del FondoEn la página del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo de la SBS está el tope de cobertura y el enlace a la relación de Coopac que la tienen.
- Si no te devuelven tus ahorros, denuncia ante la SBSGuarda tus contratos, constancias de depósito y la respuesta de la Coopac. La SBS indica que el socio puede presentar una denuncia ante ella.
- Si el problema es de consumo, considera IndecopiLa SBS indica que también podrías acudir a Indecopi si la Coopac actuó como proveedor frente a ti como consumidor.
Lo que casi nadie pregunta a tiempo
¿Y si tu dinero no está en una Coopac, sino en un club de inversión o una plataforma que promete ganancias altas?
Averígualo antes de que importe →Lo que mucha gente cree — y lo que dice la norma
Si la cooperativa está registrada en la SBS, mi dinero está seguro.
La propia SBS dice que no garantiza la solidez financiera de ninguna entidad supervisada, y que el registro de una Coopac no es una licencia: solo evalúa que la solicitud, presentada como declaración jurada, cumpla los requisitos.
Los ahorros en una cooperativa no tienen ningún seguro.
La Ley 30822 creó el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo y dice que los depósitos de los socios están dentro de su cobertura. Pero solo protege si tu Coopac es miembro del Fondo con los aportes al día, y hasta un tope por socio.
El seguro de depósitos de mi cooperativa es el mismo que el de los bancos.
La ley dice que el Fondo de las Coopac es de naturaleza distinta del Fondo de Seguro de Depósitos del sistema financiero. Son dos fondos diferentes, con coberturas diferentes.
La SBS supervisa a todas las cooperativas.
Según la SBS, solo supervisa a las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac). Las de consumo o de servicios múltiples se rigen por la Ley General de Cooperativas y no están bajo su supervisión.
Cualquier cooperativa puede recibir mis ahorros si soy socio.
Solo las Coopac inscritas en el Registro Nacional a cargo de la SBS pueden captar depósitos de sus socios. Si una cooperativa capta depósitos sin estar inscrita, la ley ordena a la SBS clausurar sus oficinas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi cooperativa está registrada en la SBS?
La SBS publica el Registro COOPAC y un buscador de Coopac en su web. Busca tu cooperativa por su nombre. Si no aparece, no debería estar recibiendo depósitos: la ley reserva esa operación a las Coopac inscritas.
Si mi Coopac cierra, ¿cuánto me devuelven?
Según la página oficial de la SBS, el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo devuelve hasta S/ 5 000 por socio en las Coopac de nivel modular 1 y 2A, y hasta S/ 10 000 en las de nivel 3 y 2B, intereses incluidos. Eso solo aplica si tu Coopac cuenta con la cobertura del Fondo.
¿Mi Coopac tiene la cobertura del Fondo?
No todas la tienen. La ley exige que la Coopac aporte al Fondo durante veinticuatro meses como mínimo para que los depósitos queden respaldados. La SBS enlaza desde su página del Fondo la relación de Coopac que cuentan con cobertura. Revísala antes de depositar.
Mi Coopac no me devuelve mis ahorros. ¿A dónde voy?
Según la SBS, puedes presentar una denuncia ante la SBS. Y si la Coopac actuó como proveedor frente a ti como consumidor, también podrías acudir a Indecopi. La SBS no explica en ese documento cuándo se da cada caso.
¿Mis aportaciones como socio también están cubiertas?
La ley habla de cubrir los depósitos de los socios. No leímos el reglamento del Fondo, que es donde se detalla qué entra y qué no. Pregunta a tu Coopac por escrito qué parte de tu dinero es depósito y qué parte es aportación.
La norma exacta
Ley N.º 30822 (sustituye la vigesimocuarta disposición final y complementaria de la Ley N.º 26702)Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numeral 1, literal c)leída
Una Coopac solo puede recibir depósitos de sus socios, no del público
«Solo pueden captar depósitos de sus socios cooperativistas. No están autorizadas para captar depósitos del público.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numeral 2.1leída
La supervisión de las Coopac está a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas
«La supervisión y la ejecución de la intervención de las Coopac está a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas, que para la realización de su labor de supervisión e intervención de las Coopac de niveles 1 y 2, puede contar con el apoyo de colaboradores técnicos.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numerales 2.9 y 2.10leída
La supervisión cambia según el nivel de la Coopac
«Para las Coopac asignadas al nivel 1, la regulación y supervisión se centra principalmente en verificar que la Coopac cumpla con los requisitos para inscribirse y mantenerse en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas al que se refiere el numeral 9 de la presente disposición final y complementaria. [...] Para las Coopac asignadas a los niveles 2 y 3, la regulación y supervisión es acorde a los riesgos que corresponden a las operaciones que se llevan a cabo en dichos niveles.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numeral 9.1leída
Todas las Coopac deben inscribirse en el Registro Nacional a cargo de la SBS
«Todas las Coopac están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas. [...] Solo pueden utilizar la denominación de Cooperativa de Ahorro y Crédito o Coopac, y realizar las operaciones contempladas en el numeral 3 de la presente disposición final y complementaria, las cooperativas que se encuentren inscritas en el presente registro.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numerales 10.1 y 10.3leída
Solo las Coopac inscritas pueden captar depósitos; si no, la SBS clausura sus oficinas
«Únicamente las Coopac que se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, a cargo de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas, pueden captar depósitos de sus socios. [...] En caso de detectarse que una cooperativa distinta de una Coopac, o una Coopac está captando depósitos sin estar inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, debe disponer la inmediata clausura de sus oficinas, contando para ello con el apoyo e intervención del Ministerio Público.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numeral 1, literal h)leída
Los depósitos de los socios están dentro de la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo
«Los depósitos de sus socios se encuentran incluidos dentro de la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo a que se refiere el numeral 8 de la presente disposición final y complementaria.»
↳Artículo 1 — vigesimocuarta disposición final y complementaria, numerales 8.1 y 8.2leída
Un fondo de seguro propio de las Coopac, distinto del de los bancos, con un mínimo de aportes
«Constitúyese un Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, exclusivo para las Coopac, como una persona jurídica de derecho privado de naturaleza distinta del Fondo de Seguro de Depósitos a que se refiere el Capítulo III del Título I de la Sección Segunda de la presente ley, que tiene por objeto principal proteger a quienes realicen depósitos en las Coopac. 8.2. Son miembros del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo todas las Coopac que capten depósitos de sus socios y que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. Las Coopac que ingresen al Fondo deben efectuar aportaciones a este durante veinticuatro meses, como mínimo, para que los depósitos de sus socios se encuentren respaldados.»
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP — página oficial del Fondo de Seguro de Depósitos CooperativoCobertura del FSDC (texto de la página)leída
Cuánto devuelve el Fondo si cierra una Coopac, según su nivel
«El Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) protege los ahorros depositados en las COOPAC supervisadas por la SBS. En caso de cierre de una COOPAC, el FSDC devolverá a los socios ahorristas el dinero depositado, hasta el siguiente monto máximo de cobertura por socio (que incluye los intereses): S/ 5 000 para las COOPAC de nivel modular 1 y nivel modular 2A. S/ 10 000 para las COOPAC de nivel modular 3 y nivel modular 2B.»
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP — Preguntas frecuentes Coopac (documento informativo)Preguntas 29, 30, 33 y 34leída
Quién está cubierto por el Fondo, qué pasa si no lo está, dónde reclamar y qué cooperativas no supervisa la SBS
«Los socios no se inscriben en el FSDC. Son las Coopac las que deben afiliarse y aportar al FSDC. Así, solo las Coopac que estén inscritas y al día en el pago de sus primas durante al menos 24 meses pueden ofrecer a sus socios la cobertura del FSDC para sus depósitos. [...] Si la Coopac no está afiliada al FSDC o no ha pagado sus primas al momento de su disolución, entonces los depósitos de sus socios no estarán protegidos por el FSDC. En ese caso, los socios podrían perder parte o la totalidad de sus depósitos, dependiendo de los bienes disponibles para la eventual liquidación. [...] Si el socio considera que la Coopac ha incumplido con sus obligaciones, como la devolución de depósitos pactados, puede presentar una denuncia ante la SBS. [...] También podría recurrir al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), si la Coopac actuó como proveedor en su relación con el socio como consumidor. [...] La SBS solo supervisa a las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público o Coopac. Las demás cooperativas, como las de consumo o servicios múltiples, se rigen por la Ley General de Cooperativas y no están bajo supervisión de la SBS.»
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP — Preguntas frecuentes Coopac (documento informativo, 2025)Pregunta 3leída
Estar registrada en la SBS no garantiza que una Coopac sea sólida
«No; al igual que ocurre con las demás entidades supervisadas, esta Superintendencia no garantiza la solidez financiera [...] En cuanto a las Coopac, el registro no implica un proceso de licenciamiento como en otras empresas supervisadas, sino que se trata de un proceso que se limita a evaluar que la solicitud de inscripción presentada, en calidad de declaración jurada, se ajuste a los requisitos previstos en la regulación aplicable.»
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