Carta a la Junta de Propietarios: actas, cuentas o un cobro
Redactamos tu carta al presidente o al administrador de tu edificio para pedir copia de actas, las cuentas o el presupuesto, o el sustento de un cobro, citando el reglamento de la Ley 27157. No es asesoría legal ni representación.
Esto no es asesoría legal ni representación. La carta pide, por escrito y con el plazo que tú fijas, lo que marques: copia de actas, las cuentas o el presupuesto, o el acuerdo y el porcentaje detrás de un cobro. Cita, con sus palabras exactas, los artículos 138, 145, 148, 152 y 156 del reglamento de la Ley 27157 (D.S. 035-2006-VIVIENDA). Ojo con dos límites: el reglamento le encarga al administrador llevar las actas y las cuentas, pero no dice en esas palabras que cualquier propietario pueda revisarlas, ni fija un plazo para responder; por eso la carta lo pide, no lo exige como un derecho. Y no te dice que dejes de pagar: según el artículo 144, el retraso en las cuotas da lugar a acciones de cobro. El Decreto Legislativo 1568 (propiedad horizontal) todavía no rige, así que la carta no lo cita. Lee más en junta de propietarios y gastos comunes y quórum, mayorías y actas.
Es un borrador que tú revisas y presentas. No es asesoría legal ni representación. Entregarla es gratis y no necesitas abogado; lo que pagas es la redacción.
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