Noticia Confirmada (última instancia)

Indecopi confirma multa de 450 UIT a Empresa de Transportes Olivares por accidente en la ruta Cusco–Livitaca

En resumen

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó una multa de 450 UIT contra Empresa de Transportes Olivares S.R.L. por el accidente del 19 de diciembre de 2022 en la ruta Cusco–Livitaca, en el que 25 pasajeros resultaron heridos y 6 fallecieron.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor confirmó la sanción en segunda instancia administrativa. No hemos verificado si la empresa la cuestionó ante el Poder Judicial; si lo hizo, la decisión todavía podría cambiar.

La sanción
Entidad sancionadaEmpresa de Transportes Olivares S.R.L.
AutoridadINDECOPI
ResoluciónResolución 1238-2026/SPC-INDECOPI
Multa450 UIT — S/ 2,475,000
Fecha de la resolución9 abr. 2026

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó una multa de 450 UIT contra Empresa de Transportes Olivares S.R.L. La Resolución 1238-2026/SPC-INDECOPI, fechada en Lima el 9 de abril de 2026, resolvió en segunda instancia administrativa un procedimiento de oficio que en primera instancia resolvió la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (expediente 0031-2024/CPC-INDECOPI-CUS).

Según la resolución, hacia las 05:00 horas del 19 de diciembre de 2022, un ómnibus de la empresa (placa A2L-709) que cubría la ruta Cusco–Livitaca sufrió un accidente en el kilómetro 27, en el sector «Totora Alta». La supervisión empezó a partir de reportes de prensa en redes sociales. Al iniciarse el procedimiento, en noviembre de 2024, se hablaba de 16 heridos y 4 fallecidos; la cifra final que recoge la resolución es de 25 pasajeros heridos y 6 fallecidos.

La Sala confirmó que la empresa infringió el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), que regula el deber general de seguridad. En su sumilla, la resolución dice que la empresa fue hallada responsable «por generar un riesgo injustificado a la seguridad y salud de sus pasajeros, en condiciones de uso normal de su servicio».

La multa de 450 UIT equivale a S/2,475,000 con la UIT de 2026 (S/5,500). Los montos en soles son un cálculo nuestro con la UIT de 2026; según el artículo 113 del Código, se usa la UIT vigente en la fecha de pago. Según la resolución, la multa calculada llegaba a 17,229.12 UIT; 450 UIT es el máximo legal para una infracción muy grave (artículo 110 del Código), como explica el propio Indecopi en la Resolución 131-2026/CPC-INDECOPI-ICA. La Sala confirmó la multa de 450 UIT, aunque modificó los fundamentos de la Comisión de Cusco. La resolución también ordena inscribir a la empresa en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi.

Como medida correctiva, la Sala confirmó que la empresa debe, en un plazo de 5 días hábiles desde la notificación, «cubrir o reintegrar la totalidad de los gastos médicos en que incurrieron los pasajeros que resultaron heridos que no se haya cubierto hasta la fecha». La orden alcanza hasta la «máxima recuperación física posible» que acredite un especialista en salud, en los casos en que el seguro no sea suficiente. La empresa debe probar que cumplió dentro de otros 5 días hábiles; si no lo hace, el Indecopi puede imponerle una multa coercitiva.

Si viajas en bus interprovincial, revisa qué seguro debe llevar el bus y qué derechos tienes como pasajero. Si una empresa de transporte pone en riesgo tu seguridad, puedes presentar un reclamo o una denuncia ante el Indecopi.

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